Que la lactancia materna goce del mayor reconocimiento jerárquico en Yucatán como lo han hecho en otras entidades: Fabiola Loeza

Discurso de la Diputada Fabiola Loeza Novelo

La evolución de la Ciencia del Derecho nos obliga no solo considerar que toda ley es perfectible, sino a realizar cambios y propuestas a éstas cuando consideramos que existen áreas de oportunidad para fortalecer los derechos humanos de todas las personas.

Lo anterior, nos obliga como legisladores a realizar un exhaustivo análisis y revisión de nuestro marco normativo para identificar con exactitud qué leyes o sistemas pueden ser susceptibles a reformarse para dotar de modernidad y más cuando se trata de aquellas que reconocen derechos humanos en los ordenamientos.

Atendiendo a lo anterior, y tomando en consideración que existen leyes secundarias en nuestra legislación que prevén el derecho a la lactancia, es de considerarse que ese derecho de las infancias y de las mujeres, debe elevarse a rango constitucional local.

Cabe señalar que el tema, Yucatán cuenta con disposiciones que protegen el referido derecho, esto, como se puede observar en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán, en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán, e incluso en la Ley de Protección a la Maternidad y la Infancia Temprana del Estado de Yucatán.

En este tenor, si bien existen leyes secundarias que de manera integral contemplan políticas públicas diversas y de gran impacto en los sectores públicos y privados en la entidad, no menos importante es considerar que podemos legislar para que la lactancia materna goce del mayor reconocimiento jerárquico en Yucatán como lo han hecho en otras entidades, como la Ciudad de México.

No está de más decir que existen múltiples estudios nacionales e internacionales que hablan de las muchas bondades que representa la lactancia materna para las y los recién nacidos, así como para las mujeres.

Por citar algunos argumentos de lo esencial de la lactancia materna, tenemos que los niños y las niñas, como resultado de la alimentación materna gozan de este acto como parte del derecho humano a una buena nutrición que impacta en el desarrollo integral.

De igual manera, el alimentar a los bebés sólo con leche materna en sus primeros seis meses de vida contribuye a disminuir de manera significativa la desnutrición y la mortalidad infantil.

Los estudios nos dicen que después del sexto mes y hasta los dos años, la leche materna debe ser complementada con alimentos que sean adecuados a la edad del niño o niña; todo ello, hace posible y favorece que los bebés amamantados crezcan más sanos, más inteligentes y más estables emocionalmente en virtud del vínculo afectivo que se establece entre la madre y el hijo.

Ahora bien, como parte de las tareas que el Estado Mexicano y nuestra entidad tienen, nos hace reflexionar en impulsar toda clase acciones y estrategias que marquen un avance progresivo hacia una mejor materialización de los derechos humanos de todas las personas, pero dando prioridad a los que estén relacionados con el interés superior de la niñez.

De ahí que, se pueda afirmar, que nuestro país ha iniciado y tenido un avance mayúsculo para que se prevean políticas públicas, pero no se puede dejar de considerar que existen retos latentes como la discriminación, la falta de información o los tabúes que todavía persisten respecto a este tema tan sensible como lo es la lactancia materna.

Por ello, es que es necesario que, para un mejor acceso a ese derecho, se cuenten con canales institucionales para que, a través del máximo reconocimiento legal en Yucatán, se cuente con una base sólida de la participación integral de todos los sectores de la sociedad.

No está de más decir que este reconocimiento que se propone, coincide con los postulados, opiniones e investigaciones realizadas por la Academia Nacional de Medicina en su obra denominada “La lactancia Materna”, en la cual se encuentran un sin número de argumentaciones a favor donde se pondera y se habla de una visión político social con un enfoque de salud pública para las infancias, adolescencias y en general en beneficio de una sociedad más fuerte.

Un dato que nos debe impulsar a aprobar esta iniciativa, es que, lamentablemente, a pesar de todos los beneficios aún persisten casos donde las mujeres prefieren alimentar a sus hijas e hijos con leches artificiales que cuentan con elevado contenido en azucares.

Por ello, se requiere contar con parámetros de amplio impacto jurídico para que las leyes secundarias encuentren mayor vigencia en la realidad social; por tanto, este acto legislativo significa un canal para sensibilizar a las mujeres embarazadas, las madres de recién nacidos y las familias sobre las ventajas de la lactancia materna.

Bajo esta óptica, la iniciativa que se propone, se encuentra salvaguardada por la libertad configurativa, ello porque de aprobarse en sus términos, se estaría fortaleciendo el interés superior de la niñez, así como insertando un reconocimiento pleno a un derecho humano, a todas luces vanguardista en todo México.

Por tal motivo, con fundamento en los artículos 35 fracción I de la Constitución Política del Estado de Yucatán, 16 y 22 de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo; 68 y 69 de su propio reglamento, ambos del Estado de Yucatán, me permito presentar ante esta noble soberanía la presente iniciativa por la que se adiciona un último párrafo el artículo segundo de la Constitución Política del Estado de Yucatán en materia de reconocimiento a la lactancia materna como derecho humano.