Empresas que generen estrés laboral a sus empleados serán multadas con 500 mil pesos

A partir del 23 de octubre las empresas están obligadas a frenar acciones que generen estrés, sobre carga de trabajo, violencia o acoso en sus trabajadores

A partir de este 23 de octubre todas las empresas que no atiendan y combatan los efectos del estrés laboral, violencia, acoso y actos que pongan en riesgo la salud de sus empleados, serán obligadas a pagar multas de hasta 422 mil pesos por cada caso que hayan incumplido.

Esto de acuerdo con la nueva Norma Oficial Mexicana 035 emitida por la Secretaría del Trabajo. Las sanciones pueden ir desde los 20 mil pesos y llegar hasta los 500 mil para todas las empresas, compañías y patrones que operen en el país.

Las obligaciones

Los empleados deberán responder una serie de cuestionarios para establecer los efectos provocados por condiciones negativas al interior del centro de trabajo; cuyos resultados serán verificados por la autoridad.

Las multas serán impuestas por la Secretaría del Trabajo mediante la Comisión de Higiene y Seguridad; de acuerdo con las condiciones y características de cada caso.

Esta comisión se encargará de hacer visitas aleatorias, inspeccionar y solicitar a las empresas los documentos que demuestre el cumplimiento de la NOM 035.

Para proceder una sanción la comisión tomará en cuenta:

  • El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción
  • La gravedad del incumplimiento
  • Los daños que se produjeron o puedan producirse
  • La capacidad económica de la empresa
  • La reincidencia del infractor

Para comprobar lo anterior, los inspectores de la comisión solicitarán a las empresas:

  • Acceso a las instalaciones
  • Llamar al gerente o administrador para atender la inspección
  • Contestar las preguntan que realicen los inspectores
  • Presentar la información que se requiera sobre los eventos traumáticos y psicosociales identificados por la organización
  • Informar sobre las políticas internas aplicadas para combatirlos
  • De no contar con toda la información, el representante de la compañía debe mencionar dónde está.
  • En caso de faltar información, el inspector fijará un número de días para presentar mediante escrito libre y ante la STPS la documentación pendiente.

Por Redacción Digital El Heraldo de México

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