No esperemos a que la tarea preventiva estatal en materia postpenal sea un problema para focalizarla y atenderla: Fabiola Loeza

Discurso de la Diputada Fabiola Loeza Novelo

Solicité el uso de la voz para presentar una iniciativa de reforma a la Constitución local para garantizar los servicios Postpenales en la entidad.

Esta reforma constitucional local se considera imprescindible para fortalecer los actuales niveles de seguridad con los que contamos, pero mediante el aseguramiento de todo tipo de políticas públicas para evitar la repetición y la reincidencia.

Cuando se implementó la reforma judicial penal en el año 2008, se establecieron novedosas instancias para establecer un sistema acusatorio oral; desde ese tiempo, se habló de la necesidad de contar con medidas institucionales para abatir la impunidad y la comisión de nuevos delitos por parte de las personas liberadas.

Es decir, académicos, criminalistas y doctos en la materia penal, señalaron que la reforma constitucional de ese año no contempló la asistencia postpenitenciaria para que se accediera a una verdadera reinserción social.

Vale la pena señalar que, desde ese año, se ha pasado del término de la “readaptación” a la “reinserción”; se han abandonado ideas equívocas del sistema inquisitorio para contar con parámetros vanguardistas en la materia.

El término de reinserción se contempla bajo la óptica garantista de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad.

Como sabemos, la máxima penalidad que se contempla en las leyes penales es, precisamente el aislamiento en centros penitenciarios.

Los tratados internacionales, las recomendaciones y todo tipo de estudios en el área penal hablan de la necesidad de privilegiar la libertad, es por ello que una de las principales características del denominado nuevo sistema penal, sea llevar un proceso en libertad.

Eso, a fin de que las persona que por algún motivo enfrente juicios, no pierdan su trabajo, puedan tener contacto con sus familiares, y lo más importante que no sufra las consecuencias de internarse durante meses o incluso años.

Sin embargo, a fin de purgar la penalidad, las personas son condenadas e ingresadas para cumplir con la imposición de penas privativas de la libertad; las penas mínimas van desde los 3 meses hasta los 65 años de prisión en la entidad.

Si bien entendemos que una de las atribuciones del poder estatal es reprimir los actos delincuenciales, no menos cierto es que ese poder también debe enfocarse en diversas medidas para lograr la reinserción del sentenciado.

Como sabemos, la persona que es privada de su libertad, tiene que tener un proceso de reinserción que le brinde las herramientas para que al egresar de un centro penitenciario pueda ser productivo a la sociedad.

El código penal expresa que dicho actuar gubernamental debe basarse en un tratamiento reeducativo integral, especializado y multidisciplinario por parte de la autoridad competente. Eso es tanto se encuentra dentro del centro, pero al haber cumplido o gozar de una salida anticipada o beneficio, la historia puede complicarse.

Muchos hemos escuchado que cuando una persona que ha sido privada de la libertad durante muchos años, al ser liberado, le es muy difícil encontrar trabajo e incluso se habla de que no encuentran un lugar en el mundo, sin recursos y a veces sin el apoyo de sus familias.

En no pocos casos, las personas que son liberadas al verse en esa situación prefieren cometer de nuevo un delito para poder reingresar y no sufrir el aislamiento en la sociedad.

De ahí que hace unos años, en Yucatán se previera una ley secundaria para garantizar todo un andamiaje institucional para brindar servicios de toda índole a las personas que egresan de los centros penitenciarios, esto como medida para garantizar, precisamente, la perdurabilidad de la reinserción.

Esa ley se denomina, “Ley de Servicios Postpenales del Estado de Yucatán”, la cual fue expedida en el año 2017 por la 61 legislatura local.

Su propósito fue que el Estado pudiera contener, en la medida de lo posible, todas las necesidades del liberado y de sus familias para evitar el rompimiento del tejido social, así como evitar que hubiera un alza en la reincidencia y habitualidad en la comisión de delitos.

Resalto que Yucatán con esa ley fue pionera para establecer un modelo garantista que la reforma del año 2008 no previó, pero considero que se puede hacer más para fortalecer la política pública en esta materia.

Por ello, y para que Yucatán siga y se mantenga como una entidad vanguardista y de avanzada en temas jurídicos, los servicios de Asistencia Postpenales deben insertarse expresamente en el texto de nuestra Constitución.

Con eso, la entidad será nuevamente pionera en contemplar esa obligación estatal al máximo reconocimiento normativo para afianzar las acciones públicas que emanen de la política postpenal en aras de fomentar la inclusión y la no discriminación.

La reforma se basa también en la fuerte creencia de que lo que no hagamos ahora, en un futuro, nos puede costar mucho más prevenirla; en otras palabras, no esperemos a que la tarea preventiva estatal en materia postpenal sea un problema para focalizarla y atenderla.

Esto, sin duda alguna, abre una nueva puerta a cambios constitucionales de gran espectro que sentarán precedentes para acabar con cualquier trato discriminatorio y de difícil acceso a herramientas públicas concebidas para ayudar a la reinserción social.

Hace unos días en el Congreso de la Unión se aprobaron cambios para eliminar como requisito la necesidad de entregar carta de antecedentes no penales para solicitudes laborales; esa medida responde a que prevalen problemáticas que impiden que las personas que por alguna razón han estado inmersas en juicios puedan desempeñar alguna actividad.

Con base lo anterior, presento esta iniciativa para que el reconocimiento a esta obligación estatal se inserte de manera clara en la Constitución local dentro del artículo 87 en una nueva fracción VI Quáter; asimismo, que se puedan contar con presupuestos progresivos que den soporte a un área que no podemos dejar de atender a la luz de los derechos humanos, de la reinserción y la atención integral de las familias de quienes son liberados.

Han pasado más de 15 años desde la reforma penal en México, ha habido avances, pero también existen resistencias que no permiten cerrar el ciclo hacia condiciones de bienestar en grupos que demandan una especial atención; insisto, en aras de prevenir la comisión de delitos y la reincidencia en nuestra entidad.

Hago entrega de la presente iniciativa en versión física y digital. Agradezco su atención. Es cuánto.