El Congreso aprueba reformas para tipificar el delito de ciberacoso

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Mérida, Yucatán, a 4 de marzo de 2020.- Por unanimidad, el Congreso aprobó reformas al Código Penal del Estado para tipificar el delito de ciberacoso que se sancionará con seis meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a doscientos días, pena que aumenta hasta en una mitad cuando el delito sea cometido en contra de menores de edad que, en este caso se perseguirá de oficio.

Mediante las reformas, en el Código Penal se establecen sanciones a quien intimide y asedie a cualquier persona, a pesar de su oposición, por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación, como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital; mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráficas, sonoras o fotográficas.

La Dip. Paulina Viana Gómez, quien presentó la iniciativa, manifestó en tribuna que si bien Yucatán tipificó recientemente los delitos contra la intimidad e imagen personal, así como sobre los delitos informáticos, era indispensable castigar el ciberacoso que va más allá de una connotación sexual, erótica o pornográfica, y así garantizar la seguridad en los diversos sistemas tecnológicos.

—El ciberacoso muchas veces es la primera forma de violencia que se realiza, para luego pasar a la violencia que se ejerce de manera directa, como la verbal o física, hasta finalizar incluso en un fatal desenlace como lo es la muerte de la víctima —expresó—. La era digital ha permitido la facilidad de comunicación sin importar la distancia, la difusión inmediata de ideas y el acceso oportuno a la información; sin embargo, su uso desmedido no está exento de peligros y riesgos mal intencionados.

—Como legisladores nos corresponde entender y atender para que con base en normas acordes con los tiempos, pueda haber una regulación que proteja la dignidad, la integridad, la libertad y la seguridad de todas las personas —recalcó.

La legisladora panista citó que el Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para la Banda Ancha 2015, destaca que el 73% de las mujeres ha experimentado algún tipo de violencia en línea, mientras que en la Unión Europea se reporta que 1 de cada 10 mujeres, ha sido víctima de este tipo de violencia.

Añadió que según el Instituto Nacional de las Mujeres, el ciberacoso es una forma de violencia ejercida en mayor proporción hacia las mujeres a través del uso de la Internet, en tanto que el “Estudio de Hábitos de los usuarios en ciberseguridad en México 2019”, reportó que el 34% de los participantes ha sufrido algún tipo de acoso, de los cuales, dos terceras partes son cometidos en contra de menores de edad.

—Yucatán no está exento de este problema, pues de acuerdo con el Módulo de Ciberacoso 2017 del INEGI, la prevalencia nacional de ciberacoso fue del 16.8% y nuestro estado supera este porcentaje con un 17.4%, arrojando para las mujeres un 19.2% y para los hombres un 15.6% —abundó.

La Dip. Viana Gómez manifestó que las tecnologías han transformado muchas formas de violencia hasta llegar al punto donde puede cometerse a distancia, sin contacto físico, pero con la posibilidad de causar graves daños en la salud física y emocional, llegando incluso al suicidio.

Dijo que por ese motivo, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW, en la Recomendación General número 35, emitida el 26 de julio de 2017, señaló que se tipifiquen como delito todas las formas de violencia en todas las esferas que constituyan una violación a su integridad física, sexual o psicológica, se tipifiquen como delito.

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