TRABAJADORES ASEGURADOS ANTE EL IMSS PUEDEN SOLICITAR APOYO PARA GASTOS DE MATRIMONIO

· La ayuda puede ser tramitada por ambos cónyuges, si son asegurados.
· Una vez realizada la solicitud y entregada su resolución en la AFORE ésta hará la entrega de los recursos vía cheque o depósito en un plazo máximo de cinco días hábiles

Mérida, Yucatán, miércoles 29 de mayo de 2019.- La Ayuda para Gastos de Matrimonio es una prestación en dinero a la que tiene derecho, por una sola vez, todo trabajador asegurado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que contrae matrimonio civil. Dicha prestación se financia con los recursos de la cuenta individual  de la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) del asegurado; indicó el jefe del Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas, Orlando Piña González. 

Esta prestación en dinero, es una cantidad equivalente a 30 días del valor UMA (Unidad de Medida y Actualización creada para sustituir el esquema Veces Salario Mínimo), vigente a la fecha del matrimonio. 

El solicitar esta ayuda no afecta las semanas cotizadas que el trabajador acumula para una pensión y puede solicitarse por ambos cónyuges, si los dos son trabajadores asegurados. 

Para realizar la solicitud de la Ayuda de Gastos de Matrimonio el interesado puede presentarse al área de Prestaciones Económicas, ubicadas en las Unidades de Medicina Familiar del IMSS, de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.  

Los requisitos con los que debe contar el solicitante, son: tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto; no haber ejercido este derecho con anterioridad; haber contraído matrimonio civil estando vigente en su calidad de asegurado o dentro de los 90 día hábiles posteriores a la fecha de baja presentada ante el IMSS. 

Los documentos que deben presentarse para la solicitud, son: identificación oficial (credencial de elector, credencial ADIMSS, cédula profesional o pasaporte), acta de matrimonio, documento que contenga el Número de Seguridad Social, estado de cuenta de la AFORE y CURP. 

Para su cobro, el asegurado deberá presentarse en la AFORE en la que se encuentra inscrito, con la siguiente documentación: Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio, la cual, le será entregada por el IMSS, con una vigencia de 60 días naturales para realizar el cobro. 

Una vez realizada la solicitud, la AFORE hará la entrega de los recursos vía cheque o depósito en un plazo máximo de cinco días hábiles. 

La Ayuda para Gastos de Matrimonio no tiene prescripción por lo que puede solicitarse en cualquier momento, siempre y cuando el matrimonio civil se haya celebrado a partir del primero de julio de 1997.