Posicionamiento del Diputado Manuel Díaz en el Congreso
.
.
Mérida, Yucatán 27 de noviembre 2019.- El día de hoy, hago uso de esta máxima tribuna del Estado, en mi calidad de diputado proponente de la iniciativa que hoy tendrán a su consideración por medio del Dictamen emanado de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, a quién aprovecho agradecer a su Presidente, el Dip. Luis Borjas Romero, y a los miembros de dicha Comisión por su apertura, análisis y relevancia que le dieron a esta iniciativa que presenté para modificar el Código Penal del Estado con el único propósito de salvaguardar la salud de todos los y las yucatecas.
En ese sentido, el presente contiene diversas reformas al Código Penal del Estado de Yucatán, en sus artículos 269 Fracción I, y adiciona el 270 Bis y se agrega una fracción IV al artículo 272, ello para sancionar de 6 meses a 3 años de prisión, y de cincuenta a 200 días multa , a quien lleve a cabo un procedimiento quirúrgico sin contar con los requisitos establecidos en la Ley General de Salud para tal efecto. También se contemplan sanciones para los Directores, encargados o responsables y administradores de dichas y supuesta clínicas, centros o quirófanos que permitan actividades relacionadas a la cirugía plástica, estética y reconstructiva, y no cuenten con los requisitos establecidos en los artículos 78, 79 y 272 Bis de la Ley General de Salud, los cuales regulan las especialidades médicas, sus procesos y su forma de obtención de los grados de especialista médico.
Como bien saben, nuestro estado está creciendo y consolidándose cada vez más como un destino de turismo médico, debido a la alta calidad de sus servicios y profesionales de la salud, sin embargo, ante este escenario de crecimiento, algunos han intentado aprovechar y sacar ventaja, ejerciendo una especialidad de la medicina como es la cirugía plástica, estética y reconstructiva, sin poseer los requisitos o mínimos establecidos en la Ley.
Según datos de la Asociación Mexicana de Cirujanos Plásticos, por cada cirujano plástico con su debida especialidad y certificación, existen entre 10 y 20 realizando procedimientos estéticos quirúrgico sin especialidad o sin el mínimo adiestramiento o conocimiento que exige la ley. Debido a esto, en Yucatán se han documentado en los últimos tres años, cinco muertes de pacientes a manos de personas sin la especialidad regulada. Lo más triste y trágico de esta situación, es que cada muerte o procedimiento mal hecho, pudieron ser prevenidos con el simple respeto de la Ley.
En la actualidad, conforme a datos proporcionados por el Consejo Mexicano de Cirujanos Plásticos, nuestro país tiene el tercer lugar en Solicitudes de Intervenciones Estéticas y Reconstructivas. De igual manera, la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica y Estética, menciona que en Yucatán al año se realizan entre 4,500 a 5,000 procedimientos de esta naturaleza por cirujanos certificados, por lo cual, el alcance oficial es considerable, con una tendencia a la alza.
Ante este escenario crítico y de constante violación de la Ley por parte de grupos que no están facultados para realizar dichos procedimientos quirúrgicos, es urgente y necesario una sanción o tipo penal en el Código Penal del Estado, donde se contemple una consecuencia a aquellos que realicen procedimientos de la especialidad de cirugía plástica, estética, y reconstructiva, sin poseer la debida certificación oficial para hacerlo.
Esta iniciativa EN NINGÚN MOMENTO viola el principio de igualdad contenido en el artículo 1ro de nuestra Carta Magna, ya que, como bien señaló nuestro máximo tribunal del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la Segunda Sala en la Tesis 2a. CXII/2017: quienes tienen cédula de maestría en cirugía plástica o cirugía estética NO SON EQUIPARABLES AL GRADO DE ESPECIALISTA EN CIRUGÍA PLÁSTICA ESTÉTICA Y RECONSTRUCTIVA, pues en este grado de especialista intervienen dependencias y entidades del Sistema Nacional de Salud y Sistema Nacional Educativo, mientras el grado académico de maestro o doctorado lo otorga una institución educativa que NO FORMA PARTE DEL SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS, que si bien tiene reconocimiento de validez oficial, NO SE SUJETA A LOS MISMOS PROCEDIMIENTOS Y FINES QUE AQUÉL, POR LO QUE NO PUEDE EXISTIR COMPARACIÓN ENTRE AMBOS GRADOS.
Compañeras diputadas y compañeros diputados, la Ley es muy clara, y estamos ante un fenómeno que pone en riesgo la salud de miles de yucatecas y yucatecos; estamos hablando de vidas de ciudadanos en riesgo; el hecho de que una persona tenga la intención de modificar, reconstruir o mejorar su aspecto físico no debe tener un costo tan alto como secuelas permanentes e incluso la pérdida de vida. Por ello, los invito a votar a favor del presente dictamen que tiene como punto principal la protección de la salud, y poner un alto a estas malas prácticas, posicionando a Yucatán como un estado a la vanguardia en la protección de la salud y los buenos profesionales de esta tan noble rama que es la medicina.
Muchas gracias.