Karla Franco presenta iniciativa para elevar las medidas punitivas en razón de garantizar la respuesta institucional, en favor de la infancia en materia abuso sexual infantil.

Discurso de la Diputada Karla Franco Blanco

Nuestro país, en las últimas décadas, ha implementado una serie de reformas que nos hablan de una etapa de evolución normativa que han desarrollado cambios estructurales que obligan a las autoridades a brindar, fomentar y proteger los derechos fundamentales de las personas.

Dicho avance jurídico social, debe ir en miras a adaptar las acciones cotidianas del día a día de las personas, buscando siempre que las garantías de protección se materialicen en una constante evolución del derecho. No podemos obviar que ese desarrollo jurídico; implica retos para lograr la salvaguarda de sus derechos humanos.

Con base a lo anterior, la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, tiene un compromiso por impulsar cambios legales en temas sensibles que permitan contar con marcos jurídicos robustos, objetivos y congruentes con las finalidades de legislar con una óptica social.

Es por ello, que después de realizar una revisión a las leyes vigentes para implementar cambios que endurezcan las penas y sanciones, para quienes cometan delitos que atenten contra la libertad sexual; presentamos cambios a fin de elevar la pena para el delito de abuso sexual infantil.

Bajo este parámetro, hay que expresar que el delito de abuso sexual infantil lastima y afecta severamente a  la víctima y su entorno familiar.

Ahondando en la temática, se precisa decir que, el delito de abuso sexual, implica la ejecución de actos lascivos, entendiéndose estos, como los tocamientos, manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo, sin su consentimiento.

Tristemente, este tipo de delito, muchas veces es ignorado e incluso, es tomado a inventos por parte de los menores de edad.

Basta decir que, de acuerdo a datos estadísticos de asociaciones y agrupaciones privadas, a nivel nacional, de cada 1,000 casos, solo 100 llegan a manos de la autoridad.

Esta connotación del problema nos lleva a aseverar que existe un gran desconocimiento y que se deja en un gran estado de indefensión a los menores de edad.

Este terrible delito, lamentablemente, es cometido por personas cercanas al menor de edad, ya sea por familiares, educadores, amigos, amigas, etc.

Existe manipulación, amenazas, coacción e incluso, se llega a poner en riesgo la vida del menor a fin de que no digan nada para continuar con la comisión del delito.

Es por ello, que los menores de edad que están siendo víctimas de este delito, muchas veces, presentan cambios en su conducta; lo cual, por la corta edad, no saben cómo expresarlo o decirlo, al estar fuera de su ámbito de cognición o comprensión.

Actualmente, el Código Penal del Estado de Yucatán, nos refiere en su artículo 310, que el delito de abuso sexual infantil, se castiga con una pena que va de 10 a 18 años de prisión y de 400 a 2,500 días multa; dicha pena puede incrementarse si hay violencia física o psicológica, hasta en una mitad.

Es innegable que las penalidades previstas para esta conducta deben de revisarse y actualizarse, esto debido a las consecuencias que ocasionan.

El delito de abuso sexual infantil sigue siendo una preocupación de interés público que no puede dejar de atenderse, principalmente porque en muchas ocasiones este delito se presenta, tristemente, en lugares como el hogar, la escuela o sitios, en los cuales, las y los menores de edad, deberían estar a salvo.

Como se ha mencionado, este delito se encuentra rodeado de ideas equívocas, las cuales, expresan que su comisión, es principalmente en extractos sociales de alta marginación, pero esto no es cierto, ya que se presenta en todos los niveles…

Hay que tomar en cuenta que, para perpetrar este delito, se han identificado etapas que van desde la seducción a la menor edad, hasta establecer una ley del silencio, surgida bajo amenazas, chantajes e incluso, premios para no expresar nada.

No escatimamos en que la prevención es la mejor herramienta para evitar se cometa cualquier tipo de delito, pero no podemos pasar por alto que el estado tiene la obligación de aplicar todo el peso de la ley a quien lesione la libertad sexual de un menor, en la comisión de esta reprobable conducta.

Bajo este argumento, es que la iniciativa tiene el objetivo de elevar la penalidad mínima de 12 y una máxima de 20 años, así como una multa que va de los 600 a 3 mil días multa.

Para ello la propuesta de reforma al artículo 310 del código penal del estado, ya que el delito permite aumentar en una mitad más, si hay violencia física o psicológica, se posibilita que, con la modificación, una persona pueda estar presa en un mínimo de 18, a un máximo de 30 años.

Con esta reforma se están tomando medidas institucionales que garanticen penas severas para quienes victimicen a las niñas, niños y adolescentes; ya que como he dicho, se somete a los menores de edad A daños irreparables.

Las cifras del Secretariado Ejecutivo, del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de los años 2020, 2021 y 2022 nos dicen que hubo una incidencia de denuncias por delitos de índole sexual y con base a estos indicadores se pronostican datos superiores en este año 2023.

El confinamiento por la pandemia, no solo afectó al sector económico, sino que vemos que trajo consecuencias en otros ámbitos como el de la libertad sexual de las personas, en este caso, también en agravio de menores de edad.

En el año 2021 ocurrieron 59 casos, y en el año recién concluido 2022, se registraron 78 casos de abuso sexual. Como vemos, este problema social va a la alza y no podemos permitir que Yucatán cuente con cifras que después estaremos lamentando.

Bajo este contexto, presentamos esta iniciativa para elevar las medidas punitivas en razón de garantizar la respuesta institucional, en favor de la infancia en materia abuso sexual infantil.

Por tales motivos, estamos seguros que este cambio al código penal es necesario y se ajusta los estándares constitucionales al ser racional, objetiva y congruente con los efectos y consecuencias en la infancia yucateca; no menos cierto es que, asegura la protección desde la óptica penal a la libertad sexual.

Lo reiteramos, a quien atente contra la libertad sexual de niñas, niños y adolescentes se le tiene que aplicar todo el peso de la ley. Es nuestra obligación proteger a las infancias, tenemos una responsabilidad enorme para restituir su sano desarrollo, y quien se atreva a dañarlos, lo pagará de manera contundente.

Es por ello, que con base a todo lo expresado, se presenta la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se reforma el Código de Penal del Estado de Yucatán en materia de abuso sexual infantil.