Gertz Manero nombra fiscales Anticorrupción y Electoral

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Alejandro Gertz Manero, titular de la Fiscalía General de la República (FGR), nombró a José Agustín Ortiz Pinchetti como fiscal Especializado de Delitos Electorales y a María de la Luz Mijangos Borja como fiscal Especializado de Combate a la Corrupción.

Así lo comunicó a la mesa directiva del Senado de la República y solicitó que estos nombramientos se turnen a la Comisión de Justicia para que sean refrendados.

En su documento aclara que, por ley, le corresponde realizar estas designaciones como una de sus facultades, pero explica que él mismo ofreció a los senadores someter a su consideración el nombramiento de ambos funcionarios.

Martí Batres Guadarrama, presidente de la mesa directiva del Senado de la República, dio lectura a la comunicación del fiscal.

De conformidad con la propuesta que hice ante esa honorable cámara en el sentido de someter a consideración de la comisión correspondiente los nombramientos que por ley me corresponden para designar a los titulares de las fiscalías especializadas de delitos electorales y de combate a la corrupción con base en sus méritos y capacidades para ejercer el cargo”, apuntó.

José Agustín Ortiz Pinchetti fue secretario de gobierno en la gestión del presidente López Obrador como Jefe de Gobierno capitalino. Está casado con Loretta Ortiz, una de las tres mujeres que el presidente propuso al Senado como candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

María de la Luz Mijangos fue investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en donde estudió presupuesto, fiscalización y combate a la corrupción.

Se desempeñó como Contadora Mayor y Auditora Superior de la Ciudad de México del año 2000 al 2007.

Su cargo público más reciente fue coordinadora de asesores del consejero Benito Nacif en el INE.

Aunque la Constitución faculta al Fiscal General de la República para hacer estos nombramientos, se considera la posibilidad de que el Senado ejerza una objeción mediante el voto de la mayoría calificada, dos terceras partes de los senadores.

El plazo para que eventualmente objeten las designaciones es de 20 días hábiles, de lo contrario se entenderá que no tiene objeción.

(Con información de Claudia Flores)
tfo