Erradicar el consumo de cigarros a menores: Karla Franco

Discurso de la Diputada Karla Franco Blanco

He solicitado el uso de la voz, para presentar, a nombre de la Fracción Legislativa del PRI, la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado respecto al delito de corrupción de menores e incapaces en materia de consumo de tabaco.

La modificación, impulsa cambios en temas sensibles ya que se impacta en los derechos de la niñez y la juventud.

Esta reforma, propone adicionar al tipo penal la referencia exacta al consumo de productos de tabaco en menores de edad e incapaces, pues esta no se encuentra actualmente.

Lo anterior provoca que la inducción al tabaquismo pueda no ser castigado, ya que no está claramente expresado.

Por ello, el cambio a la ley propone que se castigue a las personas que induzcan al menor de edad a consumir cigarrillos o sus derivados.

Cabe señalar que este cambio normativo favorece a la protección del bien jurídico tutelado del Derecho a la Salud y su relación a la observancia del interés superior a través del fortalecimiento de la política criminal.

En el tema, las cifras del año 2020 de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición son graves, pues nos dice que el menor de edad inicia el consumo del cigarrillo a partir de los 13 años, cuando en el año 2018, lo hacían a los 15 años.

Esta situación se agrava aún más cuando los datos nos dicen que, en promedio, consumen un mínimo 10 cigarros al día. La Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC) habla de que al menos 25 mil menores de edad ya son adictos.

Los daños a la salud a futuro estiman que durante la próxima década en la nación habrá más de 1 millón de muertes prematuras vinculadas al tabaquismo como cáncer e infartos en las nuevas generaciones.

En Yucatán, este fenómeno en estudiantes de secundaria representó el 25.0% en hombres y en mujeres un 14.5%; a nivel nacional, fue de 23.8% y 17.7% respectivamente. Los jóvenes adolescentes yucatecos fuman más que a nivel nacional.

No pasemos por alto que los estudios sociales demuestran que el cigarro suele ser el punto de partida para iniciarse en otro tipo de sustancias tóxicas.

Como adelanté, se busca que quienes fomenten el consumo de tabaco al menor de edad, le sean aplicadas las sanciones del artículo 208 fracción III del Código Penal por corrupción de menores e incapaces. La reforma es clara, que la inducción al consumo de cigarros se contemple en la ley penal.

De agregar lo anterior tipo penal, se aplicaría una pena genérica que va de los 5 a los 10 años y de 100 a 500 días multa, y para el caso de que se produzca la habitualidad, es decir, una tendencia a la adicción, se impondrá una pena de 7 a 12 años y de 300 a 500 días multa.

Esto es un paso importante para erradicar que el consumo de cigarros por menores sea aceptado o permitido como una mera decisión personal.

Ya no podemos justificar o ignorar que muchas veces el consumo de cigarrillos se tolera incluso con consentimiento de la familia o amigos que conforman el núcleo cercano al menor de edad. No podemos dejar espacio para la impunidad.

De aprobarse este cambio, Yucatán se sumaría a Nuevo León, previendo este hecho como parte del delito de corrupción de menores. Asimismo, en el mes de febrero de este año, en amplio consenso, la cámara de diputados aprobó incluir al tabaquismo dentro del delito de corrupción de menores al Código Penal Federal.

Si bien falta que esa minuta sea aprobada por el Senado, eso no impide a la legislatura local iniciar con el estudio con base a esta iniciativa.

De ahí, que sea necesario sentar un precedente para que las autoridades locales puedan llevar ante los tribunales a cualquier persona que dañe la salud del infante de esta manera.

Por todo lo anterior, con fundamento en los artículos 35 fracción I, de la Constitución Local; 16 y 22 de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo ambas del Estado, a nombre del Diputado Gaspar Armando Quintal Parra y, la de la voz, Diputada Karla Franco Blanco, sometemos a consideración de esta Soberanía la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado en materia de consumo de tabaco dentro del delito de corrupción de menores e incapaces.

Hago entrega de la citada iniciativa en versión impresa y digital. Es cuánto.