Discurso de la Diputada Karla Franco

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Hago uso de la voz en esta Máxima tribuna, en mi calidad de Presidenta de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y Gobernación.

Con la finalidad de compartirles, del proceso derivado del análisis, discusión y aprobación del dictamen de diversas iniciativas en materia electoral, para reformar, adicionar y modificar:

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Yucatán;

La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán;

La Ley de Partidos Políticos del Estado de Yucatán;

El Código Penal del Estado de Yucatán;

La Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán y

La Ley de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral de Estado de Yucatán,

En los temas:

En materia de paridad de género;

En materia de violencia política en contra de las mujeres por razón de género, y

Financiamiento público, entre otros temas.

Las iniciativas que dictaminamos, responden a la necesidad de adecuar el marco normativo de nuestro estado, para el proceso electoral 2020-2021, ante la proximidad del inicio del proceso electoral.

Es preciso referir, que el 29 de mayo del año en curso se publicó en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, el decreto por medio del cual, el pleno de este Congreso aprobó por unanimidad modificar la fecha del inicio del proceso electoral en nuestro estado, adicionando un artículo único transitorio a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán, a fin de que, por única ocasión, se aplace el inicio del proceso electoral 2020-2021 en el Estado de Yucatán, al mes de noviembre del año 2020 como parte de las acciones públicas para afrontar las consecuencias provocadas por la epidemia del Covid-19 en nuestro estado.

El dictamen que se nos pone a consideración, se construyó con las propuestas contenidas en las iniciativas presentadas por las fracciones legislativas de Acción Nacional, de Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, mismas que propusieron cambios necesarios en materia de paridad y protección a los derechos políticos de las mujeres, siendo de gran importancia para fortalecer y reforzar nuestro marco jurídico en materia electoral sobre estos temas.

Los integrantes de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y Gobernación, el día de 1º de julio, aprobamos por unanimidad el dictamen de las iniciativas en comento.

En las diversas sesiones y reuniones de trabajo que llevamos a cabo en la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y Gobernación, se escucharon las opiniones, propuestas y observaciones de nuestras compañeras y compañeros diputados, mismas que tuvieron la intención de enriquecer las iniciativas, como en efecto fue. Discutimos sobre la importancia de implementar una nueva configuración normativa con el firme objetivo de garantizar y respetar los principios constitucionales.

Hoy en día, al tamiz Constitucional y convencional, debe prevalecer la paridad de género, debe cumplirse este principio en la postulación de candidaturas para la integración de órganos de representación, para materializar los derechos de participación en la vida pública de nuestro estado. Estos cambios contribuyen a que Yucatán inicie, un modelo novedoso en nuestro marco normativo electoral, respecto a la paridad vertical y horizontal, cumpliendo en reconocer plenamente los derechos fundamentales de igualdad y de no discriminación por razones de género.

Sin lugar a dudas, esto permite garantizar una sociedad plural al amparo de una mayor participación ciudadana, que brinde condiciones óptimas e idóneas a través de la Ley, para lograr que las mujeres y hombres ocupen equitativamente, un lugar en las decisiones públicas, como parte de la integración de las instituciones democráticas.

Consideramos prioritario adaptar y adoptar criterios que armonicen la ley local, a fin de cerrar las brechas existentes entre la realidad política y social, y que se generen puentes normativos para lograr un equilibrio entre géneros, evitando en consecuencia, todo tipo de discriminación por razón de género. Ambos géneros, deben ser tratados por igual, garantizando la igualdad de oportunidades, para que la mujer intervenga activamente en la vida social, económica, política y jurídica en nuestro estado, sin distinción alguna por causa de su sexo.

Dentro de las reformas, se reconoce, el derecho de los partidos políticos a postular candidaturas, pero sin dejar de lado la obligación de fomentar las condiciones de inclusión, es decir, integrar mecanismos necesarios para ajustar la distribución paritaria de acceso a los cargos de representación popular.

Esta reforma se contempla a través de los cambios propuestos, en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales. Además, Los partidos políticos deberán incluir en las convocatorias para sus respectivos procesos internos un lenguaje incluyente.

Respecto al registro de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, se hará por fórmulas de candidatos o candidatas, propietario y un suplente, invariablemente del mismo género; Pero en el caso de que se registren candidatos o candidatas por un total de distritos electorales que sea par, deberá integrarse con la mitad hombres y la mitad de mujeres, en el caso de que se registren candidatas y candidatos por un total de distritos electorales que sea impar, se deberá garantizar la diferencia mínima porcentual.

Invariablemente en ambos casos se hará conforme a los lineamientos integrados por segmentos de mayor, mediana y menor competitividad, que emita el I.E.P.A.C.

Para el registro de candidaturas a diputados o diputadas por el principio de representación proporcional, esta se hará por medio de listas de 5 candidatos cada propietario tendrá ahora sí, un suplente, quien deberá ser invariablemente del mismo género, observando el principio de paridad hasta agotar la lista.

Se contempló también, asegurar la paridad horizontal, esto es, que los partidos políticos deberán garantizar que, con base en la totalidad de sus registros, 50 % mujeres y 50% hombres.

Para el caso de las planillas de candidatos a regidurías de los ayuntamientos, la paridad horizontal, será mediante la conformación de 3 bloques: De alta, media y baja votación, en la que participen la totalidad de los municipios del estado.

Igualmente se dictaminó, que los partidos políticos apliquen los recursos destinados para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, en los rubros de creación o fortalecimiento de mecanismos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres, en razón de género.

El dictamen en comento, es acorde a las acciones públicas emprendidas por el Estado Mexicano, pues se generan condiciones para elevar a la mujer al mismo plano de igualdad que el varón, y ampliar su participación como parte de las funciones de responsabilidad social pública, ya que la interpretación y aplicación de las acciones afirmativas deben procurar el mayor beneficio para las mujeres.

Asimismo, en fecha 13 de abril del año en curso, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación reformas y adiciones a diversas disposiciones de Leyes Generales en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género.

En alcance a las reformas que acabo de referir, las compañeras diputadas del Partido Movimiento Ciudadano, presentaron una iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos, que impactan 6 Leyes Estatales, que inciden con la violencia política contra las mujeres, por razón de género. Lo anterior con el fin de armonizar la legislación local a sus similares en el ámbito federal.

Estas reformas tienen por objeto: romper paradigmas, barreras y cualquier síntoma de segregación, incluso en el lenguaje normativo en contra de nosotras las mujeres, en las reformas a los seis órdenes normativos, éstas, contienen cambios que se apegan de manera contundente y específica a prevenir y erradicar la violencia de género, en su modalidad de violencia política en nuestra entidad.

Lo referido, es en miras de la celebración del proceso electoral 2020-2021, a fin de que tanto mujeres como hombres, podamos competir en condiciones de igualdad, con reglas claras, y bajo un lenguaje inclusivo que permita visualizar el respeto pleno a los géneros.

En pocas palabras se combate la violencia contra las mujeres mediante adecuaciones objetivas y congruentes al texto de la ley.

Se reformó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Yucatán, robusteciendo el concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género y contemplando, que es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar, el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales, de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo, asimismo se contempló como una modalidad dentro de los tipos de violencia.

Se integra. al sistema estatal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, con el objetivo de implantar una nueva cultura institucional a la no violencia de género.

Las órdenes de protección otorgan facultades para que, en casos de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán puedan solicitarlas a fin de salvaguardar la contienda electoral.

De igual manera, quedó establecidas las infracciones de las Autoridades y Servidores Públicos que tengan por objeto incurrir en actos u omisiones de violencia política contra las mujeres en razón de género.

En los procesos electorales, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, instruirá el procedimiento especial cuando se denuncie la comisión de conductas que constituyan hechos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género.

En las reformas al Código Penal del Estado de Yucatán, se adiciono un párrafo segundo al artículo 188 Bis, para reforzar lo previsto en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán, referente a las órdenes de protección, esto, independientemente de las penas establecidas en el artículo 20 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de esa manera se salvaguarda, el respeto irrestricto a las competencias locales y federales en cuanto al ámbito penal.

Se reforma la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán, a fin de establecer que comete abuso de funciones, quien realice por sí o por un tercero, cualquiera de las conductas descritas, en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Yucatán.

Finalmente, el dictamen modifica la Ley de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral de Estado de Yucatán, contemplando las causales por las que, cualquier ciudadano o ciudadana yucateca en forma individual, solicite la protección de los derechos político electorales

Agradezco a mis compañeras y compañeros diputados integrantes de la comisión, sus opiniones, sus valiosas aportaciones, reconozco su objetividad y profesionalismo, con la visión de construir un producto legislativo histórico para las mujeres yucatecas sin importar colores partidistas.

Con un sello indiscutible de integración, pluralidad, modernidad y la voluntad política, con la aprobación de este dictamen, estaremos dando un paso más, en este largo camino, en la búsqueda de la igualdad, de la eliminación de todo tipo de violencia en contra de nosotras, las mujeres, paso, que se traduce en una exigencia igualitaria, que sin duda nos lleva al camino de la democracia.

Hoy Yucatán, se transforma en un estado que reconoce la igualdad entre el hombre y la mujer en la participación política, que se pronuncia en contra de la violencia política contra las mujeres, por razón de género.

Muchas felicidades, por este gran logro, para todas y cada una de nosotras, mujeres de este bello estado de Yucatán.