Diputada Janice Escobedo Salazar, presenta iniciativa para eliminar desigualdades de género, “A mismo trabajo, mismas prestaciones labores”

Discurso Dip. Janice Escobedo Salazar, en la Sesión del Pleno del primer Periodo Ordinario del Tercer año del ejercicio Constitucional de la LXII Legislatura.

CON EL PERMISO DE LA MESA DIRECTIVA,
COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS DIPUTADOS,
AMIGOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN,
RESPETABLE PÚBLICO.
MUY BUENAS TARDES.

Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, y se basa en el principio de que toda persona tiene derecho a disfrutarlos; sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.

Sin embargo, el acceso a los derechos humanos ha sido históricamente más complicado para las mujeres que para los hombres; padeciendo regularmente actos de discriminación en diversos ámbitos y bajo múltiples manifestaciones: en el hogar, en el espacio público, en la escuela, en el trabajo, en el ciberespacio, en la comunidad, en la política, en las instituciones, entre otros.

En nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos  en esta  Constitución  y  en  los  tratados  internacionales  de  los  que  el  Estado  Mexicano  sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”; asimismo señala en su artículo 4° que “La  mujer  y  el  hombre  son  iguales  ante  la  ley”, plasmado hasta el año 1974.

En lo que respecta al marco normativo del estado de Yucatán, destacan las reformas aprobadas por el Poder Legislativo el 29 de mayo del 2019, las cuales garantizan la participación de la mujer en el ámbito público, reforzando así las herramientas jurídicas para que estas tengan el mismo derecho para ejercer y poseer cargos de gran relevancia dentro de la administración pública estatal.

Ante este importante avance, resulta necesario adecuar nuestra legislación en torno a la realidad que vivimos, en la cual se disponen de los instrumentos normativos que permiten garantizar el derecho de las mujeres a acceder a puestos de dirección, que en el pasado eran comúnmente exclusivos para los hombres.

La presente iniciativa, busca reformar diversas disposiciones a la “Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, de sus Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados de Carácter Estatal”, con el objeto de eliminar las prácticas discriminatorias que prevalecen hoy en día, y que impiden a las servidoras públicas ejercer plenamente sus prestaciones laborales contenidas en la legislación.

Lamentablemente, en dicha ley no se contempla la plena posibilidad de otorgarle al esposo o al concubinario el derecho a recibir asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria sin la necesidad de encontrarse “totalmente incapacitado para trabajar”.

Asimismo, no contempla textualmente la posibilidad que, la servidora pública, pueda considerar al concubinario como un “dependiente económico”, lo cual imposibilita que sea beneficiario de las prestaciones y servicios sociales que otorga el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Yucatán.

Lamentablemente, esto es un recordatorio que las leyes fueron originalmente diseñadas para fortalecer un esquema tradicionalista, cuando el rol de proveedor “recaía” exclusivamente en el hombre y las labores domésticas en la mujer; en donde si esta accedía al servicio público, no se visualizaba que pudiera ocupar puestos de gran relevancia y, por ende, se menospreciaban sus prestaciones laborales y condicionaban los servicios dirigidos a sus dependientes económicos.
De tal forma, en un primer punto propongo eliminar el otorgamiento condicionado al esposo o al concubinario de recibir asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, contenido en el artículo 23.

Asimismo, plasmar textualmente, en el artículo 102, al concubinario como dependiente económico de la trabajadora al servicio público o en jubilación; y como consecuencia lógica, modificar los artículos 103 y 69, los cuales hacen referencia a la acreditación de la dependencia económica, y las condicionantes para la conclusión del disfrute de pensión, respectivamente.

Con esta iniciativa se buscan eliminar las desigualdades de género que persisten en nuestra legislación, otorgando los mismos derechos a las servidoras públicas, garantizando así certeza jurídica y pleno acceso de los servicios sociales a sus dependientes económicos varones, pues      “A mismo trabajo, mismas prestaciones laborales”.

En esta “Legislatura de la Paridad de Género” tenemos la obligación moral de hacer la diferencia, estamos llamados a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria, asegurando así un futuro mejor para todas y todos en Yucatán.