La que suscribe Diputada Dafne Celina López Osorio, integrante de la Fracción Legislativa del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 35 fracción I de la Constitución Política del Estado de Yucatán, 16, 18 y 22 fracción VII, de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo, y los artículos 82 fracción VI y 87 del Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán, me permito someter a la consideración del pleno de esta Soberanía un proyecto de Acuerdo, con base a las siguientes:
CONSIDERACIONES
En México el cáncer infantil es un problema de salud pública. Constituye la segunda causa de muerte y la primera por enfermedad en niñas y niños de cinco a catorce años; cada año produce el fallecimiento de más de dos mil infantes, de acuerdo con cifras del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia (CeNSIA).
La tasa de mortalidad en menores es de 5.3 por cada cien mil, mientras que en adolescentes es de 8.5 por cada cien mil, debido a que entre cinco y cincuenta por ciento de ellos abandona el tratamiento. Esto representa un grave problema en cuanto a la atención, detección y tratamiento oportunos; las pediatras oncólogas Rocío del Socorro Cárdenas Cardos y Marta Zapata Tarrés, académicas de la Facultad de Medicina coinciden al señalar que, un diagnóstico temprano marca una gran diferencia en su pronóstico.
En ocasión del Día Internacional de Lucha contra el Cáncer Infantil, que se conmemora los días quince de febrero de cada año, es importante mencionar que de acuerdo con publicaciones científicas, los tipos de cáncer más comunes identificados en niñas,niños y adolescentes son las leucemias, que afectan a las células de la sangre que se originan en la médula ósea; los tumores del sistema nervioso central ocupan la segunda causa en frecuencia, seguido por los linfomas, que son cánceres de los ganglios linfáticos.[1]
Desde el 2019, madres y padres de niñas y niños con cáncer han realizado diversas manifestaciones solicitando la aplicación de los tratamientos oncológicos para sus hijas e hijos menores de edad, ante el desabasto notorio de fármacos en diversos hospitales, como el Infantil “Federico Gómez”, el de Especialidades conocido como “La Raza”, el General de la Ciudad de México y los de algunos estados, incluyendo por supuesto a Yucatán.
Así, derivado de las reformas del 29 de noviembre de 2019, en la Ley General de Salud en su artículo 77 bis 29 se señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá las reglas de operación del Fondo de Salud para el Bienestar, que se destinará a la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos como el cáncer, a la atención de necesidades de infraestructura, motivo por el cual, y para tener claridad en dicho rubro es necesario se informe: ¿si han sido emitidas dichas reglas de operación?, en caso de ser afirmativo, ¿Cuál es el beneficio económico que Yucatán recibe para la atención de enfermedades como el cáncer en niños?
Pues, de haber retrasos institucionales, se afectaría fuertemente a las familias Yucatecas, en su Derecho Humano a la protección de la salud, especialmente por el desabasto de medicamentos para niñas y niños yucatecos con cáncer.
Con base a lo expuesto anteriormente, me permito someter a consideración del Pleno de esta soberanía la siguiente propuesta de:
ACUERDO
PRIMERO. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que, a través de las secretarías de Salud y de Hacienda y Crédito Público, de los Institutos Mexicano del Seguro Social, de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de Salud para el Bienestar y del Consejo de Salubridad General, se garantice la adquisición, abasto oportuno y correcta distribución de medicamentos para el tratamiento del cáncer infantil en Yucatán.
SEGUNDO. Se exhorta al Comité Técnico del Fondo de Salud para el Bienestar a que expida y publique urgentemente las reglas de operación del Fondo de Salud para el Bienestar, que se destinará en el Ejercicio Fiscal 2022 a la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos como el cáncer en niños Yucatecos.
TERCERO. Remítase el presente Acuerdo al Poder Ejecutivo Federal así como al Director General del Instituto de Salud para el Bienestar en su carácter de Presidente del Comité Técnico del Fondo de Salud para el Bienestar, para su conocimiento y efectos legales correspondientes.
TRANSITORIOS
Único. – Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de Gobierno del Estado de Yucatán.
Dado en la sede del recinto del Poder Legislativo, en la Ciudad de Mérida Yucatán, México, a los 16 días del mes de febrero del año de 2022.
DAFNE CELINA LÓPEZ OSORIO
DIPUTADA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL