Aprueba el Congreso reformas a la Ley de Tránsito para garantizar la pericia necesaria para obtener licencia de conducir

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Mérida, Yucatán, a 18 de septiembre de 2019.- En busca de reducir el elevado número de accidentes de tránsito que conllevan pérdida de vida o lesiones, a más de los daños materiales, el Congreso del Estado aprobó hoy la iniciativa que presentó el Dip. Miguel Rodríguez Baqueiro para adicionar el artículo 31-Bis a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, a fin de establecer requisitos más amplios y exigentes que demuestren pericia para la obtención de licencia de manejo de vehículos.

El legislador panista señaló que es inconcebible el hecho de aprobar el examen de práctica únicamente demostrando que el conductor es capaz de poder estacionarse en la calle de forma horizontal, como sucede ahora, y que ha resultado insuficiente para demostrar fehacientemente la capacidad de manejar.

Agregó que en la práctica, para obtener la licencia de conducir, se limita a demostrar ante la autoridad competente la maniobra de estacionarse en un espacio delimitado.

—Además de saber estacionarse, deberán conocer y reconocer los señalamientos de tránsito, los límites de velocidad, las intersecciones, andar en carriles preferentes, ceder el paso y todos los demás lineamientos que marca la ley —abundó.

El Dip. Rodríguez Baqueiro manifestó que en ocasiones, el ciudadano que busca obtener su licencia no conoce al cien por ciento la responsabilidad que implica conducir un vehículo en el Estado, sin prever los alcances y el riesgo que esto ocasiona poniendo en peligro su seguridad, la seguridad de las personas que lo acompañan y de los transeúntes originando una tasa muy alta de hechos de tránsito.

—La pericia de un conductor va más allá de una simple prueba realizada en un mismo lugar con la ayuda de cuatro conos de señalamiento —expresó—. Tiene que demostrarse esa facultad de saber conducir con las pruebas que se estimen necesarias, a efecto de que las personas que pretendan obtener su licencia de conducir y de chofer prueben que pueden transitar óptimamente.

Añadió que los requisitos para la emisión de la licencia deben ser más amplios y más exigentes para demostrar o acreditar la conducción de un vehículo automotor.

Reiteró que la pericia resulta por demás elemental, pues es la que permite garantizar la capacidad suficiente en el manejo del vehículo.

Con las reformas aprobadas, el artículo 31 Bis, queda de la siguiente manera: Además de los requisitos exigidos para la expedición de licencias o permisos de conducir, el interesado deberá aprobar el examen de pericia y capacidad suficiente en el manejo del vehículo correspondiente, mediante una prueba práctica realizada por el área encargada de la Secretaría, habilitando los espacios que se consideren adecuados para tal fin y que permita comprobar de manera fehaciente que los interesados cumplen cabalmente con este requisito.