Realizar gestiones necesarias para dotar de equipos de cómputo al magisterio de educación básica y a niños, niñas y jóvenes de manera gratuita: Luis Aguilar Castillo
Discurso Dip. Luis María Aguilar Castillo (PUNTO DE ACUERDO)
Discurso Dip. Luis María Aguilar Castillo (PUNTO DE ACUERDO)
PUNTO DE ACUERDO
El suscrito profesor Luis María Aguilar Castillo, diputado de la representación legislativa del Partido Nueva Alianza en esta Sexagésima Segunda Legislatura en ejercicio de las atribuciones que a nuestro cargo confieren los artículos 35 fracción de la Constitución Política del Estado de Yucatán, 22 fracción VII de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán, 81 y 82 fracción VI del Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo, me permito promover ante este Pleno Legislativo la SIGUIENTE INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA AL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, PARA QUE A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN(SEGEY):
A.-SE REALICEN LAS GESTIONES NECESARIAS ANTE LAS AUTORIDADES QUE CORRESPONDAN Y SE RETOME EN EL ESTADO EL PROGRAMA DE APOYO DE TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS Y DE LA INFORMACIÓN DE ACUERDO A LA CAPACIDAD PRESUPUESTARIA QUE CONSISTE EN DOTAR DE EQUIPOS DE CÓMPUTO A MAESTROS Y MAESTRAS DE EDUCACIÓN BÁSICA; NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES DE MANERA GRATUITA PARA ELEVAR SUS COMPETENCIAS PEDAGÓGICAS Y FAVORECER EL USO VIRTUOSO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC) PLATAFORMAS VIRTUALES, REDES SOCIALES E INTERNET, INCLUYENDO LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE DATOS.
B.-SE REVISE EL PROCESO DE ASIGNACIÓN DE PLAZAS DE EDUCACIÓN BÁSICA TEMPORALES O DEFINITIVAS Y SE OTORGUEN EN IGUALDAD DE CONDICIONES COMO ESTABLECE LA CONSTITUCIÓN EN SU ARTÍCULO TERCERO YA QUE LA PRIORIDAD A LA QUE HACE REFERENCIA LA LEY DE LOS MAESTROS Y MAESTRAS EN SU ARTÍCULO 40 APLICA CUANDO HAY IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS DE ACUERDO A LAS DECLARACIONES DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN LIC.ESTEBAN MOCTEZUMA.
CON BASE A LA SIGUIENTE:
Los proceso de asignación de plazas de manera temporal o definitiva de educación básica ha generado descontento en los egresados de escuelas particulares argumentando que no hay igualdad en la asignación esto provoca una discriminación hacia ellos, la federación establece los lineamientos generales, la autoridad educativa locales tiene facultades que le permiten establecer las medidas concretas para cada caso se concilie la igualdad y equidad buscando la excelencia es decir asignarlas a los mejores , la prioridad a la que hace referencia la Ley de los Maestros y Maestras en su Artículo 40 aplica cuando hay igualdad de circunstancias de acuerdo a las declaraciones emitidas por el Secretario de Educación Esteban Moctezuma.
El magisterio nacional sobre todo el yucateco siempre ha estado a disposición de la patria y hoy más que nunca ha refrendado ese compromiso, pero es justo que se les dote de los recursos tecnológicos, económicos para ejercer su trabajo adecuándolo a los tiempos que hoy vivimos y certeza laboral.
El magisterio está preparado para enfrentar todos los escenarios y están dispuestos a todo por el bien de las niñas, niños y jóvenes de México, pero sobre todo de Yucatán.
En virtud de lo anteriormente expuesto someto a consideración del Pleno de esta Soberanía la siguiente propuesta de:
PUNTO DE ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO: EL CONGRESO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN, CON ABSOLUTO RESPETO A LAS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, EXHORTA AL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, PARA QUE A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN (SEGEY):
A.-SE REALICEN LAS GESTIONES NECESARIAS ANTE LAS AUTORIDADES QUE CORRESPONDAN Y SE RETOME EN EL ESTADO EL PROGRAMA DE APOYO DE TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS Y DE LA INFORMACIÓN DE ACUERDO A LA CAPACIDAD PRESUPUESTARIA QUE CONSISTE EN DOTAR DE EQUIPOS DE CÓMPUTO A MAESTROS Y MAESTRAS DE EDUCACIÓN BÁSICA; NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES DE MANERA GRATUITA PARA ELEVAR SUS COMPETENCIAS PEDAGÓGICAS Y FAVORECER EL USO VIRTUOSO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC) PLATAFORMAS VIRTUALES, REDES SOCIALES E INTERNET, INCLUYENDO LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE DATOS.
B.-SE REVISE EL PROCESO DE ASIGNACIÓN DE PLAZAS DE EDUCACIÓN BÁSICA TEMPORALES O DEFINITIVAS Y SE OTORGUEN EN IGUALDAD DE CONDICIONES COMO ESTABLECE LA CONSTITUCIÓN EN SU ARTÍCULO TERCERO YA QUE LA PRIORIDAD A LA QUE HACE REFERENCIA LA LEY DE LOS MAESTROS Y MAESTRAS EN SU ARTÍCULO 40 APLICA CUANDO HAY IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS DE ACUERDO A LAS DECLARACIONES DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN LIC.ESTEBAN MOCTEZUMA.
Dip. Luis María Aguilar Castillo