Ley de Archivos, para estar nuevamente a la vanguardia en temas de combate a la corrupción, transparencia y rendición de cuentas: Dr. Manuel Díaz Suárez

Intervención del Diputado Manuel Díaz Suárez en tema de iniciativa de Ley de Archivos.

FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

“INICIATIVA DE LEY”

GRACIAS DIPUTADA PRESIDENTA:

Con el permiso de la mesa directiva,

Compañeras y compañeros diputados,

Señores de los medios de comunicación y amable público que nos acompañan en redes sociales, muy buenas tardes…

El día de hoy, hago uso de esta máxima tribuna del estado, para pedirles su voto a favor del presente Dictamen que se somete a su consideración, que contiene el Decreto que expide la Ley de Archivos del Estado de Yucatán.

Debemos mencionar, que dicho Decreto abroga la actual Ley del Sistema Estatal de Archivos de Yucatán, publicada en el Diario Oficial del Estado de Yucatán en 1986. Esto para atender el nuevo paradigma de transparencia, rendición de cuentas y cultura archivística que se estableció con la Ley General de Archivos, publicada el 15 de junio de 2018 en el Diario Oficial de la Federación, y que en su Artículo Transitorio Cuarto, mandato a los Congresos Locales para armonizar las legislaciones locales, y esta iniciativa que tuve a bien de presentar el 15 de Diciembre del 2019 en esta misma tribuna, fue como parte del cumplimiento dicho mandato constitucional cuyo plazo finaliza este mismo mes, sin embargo, esta iniciativa de Ley también contiene puntos innovares que debo comentar.

En primer sentido, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública de 2015 planteó un nuevo para paradigma y formas de ejercer los derechos humanos de rendición de cuentas, transparencia y acceso a información contenidos en el artículo 6to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo, uno de los temas importantes para acceder a información y que pueda ser transparentada sin problema alguno, es que dicha información sea generada de manera correcta y con apego a los más altos estándares de calidad de la información pública e histórica.

Nuestra ley actual data de hace más de dos décadas, por lo cual es urgente y necesario su abrogación para poder formular u entramado jurídico actualizado construido bajo os principios de transparencia, fiscalización y combate a la corrupción. No podemos conocer aquello que no se está generando, y en ese ánimo propuse esta Ley, para auxiliar y abonar en la consolidación de modelos de gobierno abierto.

Con esta nueva Ley, se fomenta al combate a la opacidad y prevé políticas públicas para prevenir y evitar daños por corrupción a aquella información que es generada por los sujetos obligados, que son todos aquellos órganos que reciben dinero público.

Estamos convencidos que aplicar y adaptar la estructura del marco general a la propia local no ha sido una tarea fácil, por el contrario nuestra labor debía llevar un complejo análisis, discusión, estudio y convencimiento pleno de estar adicionando cada elemento madre a la legislación que se aprueba, a fin de perfeccionar una gran herramienta congruente, jurídica y materialmente aplicable, pues ha sido una característica de este cuerpo colegiado formular dictámenes plurales y en consenso, no solo por la eficacia del ordenamiento sino también por la calidad legislativa y técnica que procuramos revestir al producto normativo.

Es de resaltarse, que este iniciativa recoge y maximiza derechos fundamentales dentro de la concepción actual del buen ejercicio gubernamental en miras a prevenir y sancionar conductas contrarias Ahondando en la temática, la nueva legislación viene a completar las garantías del gobernado respecto al derecho a la información como son el derecho a informar o difundir, el derecho de buscar la información, así como el derecho a ser informado, esto, a grandes rasgos permite aseverar que el Estado tiene obligaciones, como las de no restringir ni limitar directa o indirectamente el flujo de información y que al mismo tiempo posee las de garantizar que todos los miembros de la sociedad reciban libremente información plural y oportuna que les permita ejercer plenamente sus derechos.

De igual modo se contempla una gestión documental del archivo electrónico, por lo que se considera aprovechar los adelantos tecnológicos para poner en marcha sistemas automatizados bajo criterios de administración y clasificación archivística, que contemplen la incorporación, asignación de acceso, seguridad, almacenamiento y trazabilidad de documentos electrónicos, así como procedimientos para la generación, administración, uso, control y migración de formatos electrónicos, además de planes de preservación y conservación de largo plazo.

Bajo este argumento, afirmamos que la legislación yucateca se integrará a un sistema normativo relacionado a los derechos de petición, información, acceso a la transparencia, a la verdad histórica, al conocimiento, al aprovechamiento de las tecnologías de la información y el acervo documental, todo ello previendo que los ciudadanos encuentren respuestas institucionales a sus requerimientos mediante reglas específicas y congruentes al interés estatal y nacional. Vale la pena resaltar que el Estado de Yucatán se une con esta Ley, a diversas entidades como Colima, Durango, Zacatecas y Puebla que han puesto en vigor un sistema local de archivos basados en los conceptos esenciales del marco general como la que hoy se pone a su consideración.

Quiero agradecer a todos los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, a su Presidenta, la Dip. Karla Reyna Franco Blanco, al Dip. Miguel Esteban Rodríguez, Martín Enrique Castillo, Luis Enrique Borjas, Miguel Edmundo Candila, Felipe Cervera Hernández, Silvia America López, Mario Alejandro Cuevas y la Dip. Rosa Adriana Díaz Lizama, integrantes de dicha Comisión, debido a su trabajo, que después de mi solicitud, actuaron sin dilación y con compromiso. Reitero mi posición de perfiles su voto a favor de este Dictamen para que nuestro estado, esté nuevamente a la vanguardia en temas de combate a la corrupción, transparencia y rendición de cuentas.

Es cuanto.