A nivel nacional la lengua indígena más hablada es la náhuatl y en segundo lugar se encuentra la maya; en el estado de Yucatán es hablada por más de 525 mil personas, de acuerdo con los datos del Censo de Población del Instituto Nacional de Estadística y Geográfica en el año 2021 y sobre la población que se denomina indígena, en Yucatán hay un aproximado de 983 mil 257 personas, entre hombres y mujeres. Aunado a ello, y en concordancia con los datos del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, el porcentaje mayor de hablantes del Mayata’aa (Lengua maya), está situado en el oriente del Estado, de forma focalizada en los municipios de Valladolid, Tizimín y otros cercanos; en la parte sur se puede mencionar los municipios de Ticul, Tekax y Peto con más mayahablantes; no obstante, existen en todo el territorio Yucateco.
El objetivo de este instrumento jurídico entre otras cosas, consiste en coadyuvar para que los formatos de las actas del registro de nacimiento, se encuentren accesibles a la lengua indígena, de esta forma brindar certeza jurídica y, promover la implementación de mecanismos en todo el interior del Estado, a efecto de que, en los sistemas de inscripción de registro de actas de nacimiento, se adopten las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación de la lengua indígena del estado, aunando a que abonemos a que no se pierda esta herencia cultural, así como la riqueza que ello implica para nuestro patrimonio cultural.
Resulta de gran importancia implementar políticas públicas que reconozcan y protejan los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de las comunidades y pueblos originarios, así como la promoción del uso cotidiano y desarrollo de las lenguas indígenas, bajo un contexto de respeto a sus derechos.
Para poder satisfacer las necesidades de las comunidades indígenas, es necesario que se redoblen esfuerzos para que el derecho a la identidad sea cumplido a cabalidad y no sólo por así establecerse en la Constitución sino por el bien común; es de gran importancia trabajar de la mano de las autoridades, pues a través de ello se garantiza el derecho a la identidad de las personas y, consecuentemente, se favorece el goce de derechos tanto civiles y políticos, como económicos, sociales, culturales y ambientales.
Por ello resulta preciso establecer de manera expresa en la ley este derecho a favor de los ciudadanos hablantes de la lengua indígena en la entidad, ya que con esto se brindará garantía y respeto a sus derechos humanos, cabe señalar que actualmente no se encuentra contemplado en la legislación vigente.
Con la presente iniciativa se fomenta la transformación social y el desarrollo comunitario de una forma incluyente, mediante la traducción de las actas de nacimiento en la lengua originaria del Estado.
Yucatán ahora está viviendo una nueva etapa. Son tiempos de cambio, que traen consigo una legítima exigencia ciudadana por contar con gobiernos más eficientes, a quienes podemos y debemos exigirles resultados. Sin embargo, para todos es muy claro que las demandas públicas requieren de gobiernos más fuertes, con leyes acorde a los tiempos actuales y venideros.
El uso del lenguaje propicia todos los procesos de pensamiento, y en ese sentido crea la realidad propia. Con el lenguaje reproducimos sesgos y estereotipos con los que sistemáticamente hemos excluido, minimizado o desvalorizado a diversos grupos, por ello es necesario el uso del lenguaje incluyente en nuestras legislaciones, para evitar la discriminación y su reproducción, con miras a lograr una sociedad integrada en la que todas las personas sean tratadas con respeto y con igualdad de derechos.
Por tal motivo, con esta reforma también buscamos tener una relación estrecha con la población en general en términos de promoción del lenguaje inclusivo, a fin de evitar cualquier tipo de discriminación.
En el mismo orden de ideas, la presente iniciativa no solo busca incentivar el uso del lenguaje inclusivo. Sino que, atendiendo al interés superior del menor se busca fortalecer los derechos, que el mismo Estado le ha otorgado a ese grupo vulnerable.
Con el propósito fundamental de proteger los intereses y las necesidades de las niñas, niños y adolescentes, también es necesario hacer ajustes legislativos, que impongan obligaciones a nuestras autoridades, procurando que todos los menores de edad tengan una identidad ante el Estado. Ya que en la actualidad existe un índice alarmante de ciudadanos que no se encuentran inscritos ante el Registro Civil, por diversos motivos.
Y debido a lo ya expuesto, se busca imponerle a la persona o institución pública que ostente la guarda y custodia de algún menor de edad, la obligación de dar aviso de los nacimientos de estos a las autoridades pertinentes.
De esta manera, la presente ley impulsará el ejercicio de los derechos de las poblaciones vulnerables, siendo está la clave para la formación de un mundo mejor. Atendiéndolos hoy, estaremos dando un gran paso hacia la defensa jurídica de todas y todos los Yucatecos.
Quiero agradecer a mi amigo el abogado Juan de Dios Colli Pinto Director del Registro Civil del estado de Yucatán y a todo su equipo de trabajo, por su colaboración y su enorme interés en la presente iniciativa.
En virtud de lo anterior, y de conformidad a lo expuesto con anterioridad me permito someter a consideración de este Congreso del Estado para su revisión, análisis y en su caso aprobación, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma LA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE YUCATÁN.
Hago entrega de la presente iniciativa en físico y en digital a la vicepresidenta de la mesa directiva. ¡Muchas gracias