IVEY respetará resolución legal definitiva en torno a conflicto por un terreno
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Mérida, Yucatán 21 de diciembre de 2016.- En relación al asunto del Ejido Cinco Colonias, cuyos integrantes desde hace varios años han reclamado una indemnización por una afectación que dicen se realizó sobre un predio del cual se ostentan como propietarios, el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán (IVEY) informa que:
Ante la acción legal iniciada por el Ejido y señalada con el expediente número 0891/2014, relativo al juicio de interdicto de apeo y deslinde del tablaje número 2997 de la ciudad de Mérida, promovido por sus integrantes, es importante señalar que el Instituto de Vivienda siempre ha respetado la opinión de los ejidatarios de Cinco Colonias, así como el derecho que les asiste de acudir ante las instancias jurisdiccionales para ejercerlo.
Las puertas del instituto siempre han estado abiertas para ellos, por lo cual ya los hemos atendido por este asunto en varias ocasiones y siempre que han venido los hemos escuchado, sin embargo contamos con la documentación para acreditar que el predio que reclaman fue parte de la expropiación que fue hecha en su momento.
Como resultado de esta acción legal, el lunes 14 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial la sentencia dictada con fecha 18 de octubre del año en curso en relación al citado expediente número 891/2014 promovido por el Ejido en contra del IVEY, en el cual, entre otros, puntos la autoridad judicial resolvió lo siguiente:
Segundo.- Se aprueba el apeo y deslinde practicado en el tablaje rústico dos mil novecientos noventa y siete ubicado dentro de la ciudad y municipio de Mérida.
Cuarto.- Toda cuestión sobre posesión o propiedad, en su caso, habrá de deducirse en el juicio correspondiente.
Por tal motivo, es pertinente señalar que si bien es cierto que existe una resolución en cuanto a la acción realizada por el Ejido Cinco Colonias; esta misma solo fue para determinar la ubicación exacta del tablaje número 2997 y cuáles son sus medidas, evidenciando en el punto resolutivo número 4 de la sentencia dictada, no acredita ningún tipo de derecho sobre la posesión y propiedad del mismo tablaje, lo cual es materia de otro juicio.
Es importante precisar que en el Instituto de Vivienda respetamos y seguiremos respetando las instancias judiciales y en el presente caso, ellos ya han iniciado su procedimiento y por tal motivo respetaremos y acataremos la resolución judicial definitiva que se dicte.