Hay que garantizar un seguro de vida y gastos médicos a deportistas y entrenadores de alto rendimiento: Dip. Janice Escobedo Salazar

Discurso Dip. Janice Escobedo Salazar (PRI), en el que presenta iniciativa para garantizar que los deportistas y entrenadores de alto rendimiento, así como talentos deportivos que integren preselecciones y selecciones estatales, cuenten con un seguro de vida y gastos médicos que proporcionará el Instituto del Deporte del Estado de Yucatán (IDEY).

A nivel internacional, el deporte es reconocido como un derecho básico de las personas, considerado esencial para el pleno desarrollo de su personalidad, así como de sus facultades físicas, intelectuales y morales; es por ello que resulta fundamental que cada individuo que practique deporte goce del reconocimiento y protección de las leyes, tal y como marca el artículo 1° de la Carta Internacional de la Educación Física y Deporte de la UNESCO.

Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el último párrafo del artículo 4° se establece que toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, llegando al extremo de autoimponerse al Estado mexicano la obligación de emprender las medidas que resulten necesarias para su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.

En concordancia con lo anterior, el Congreso de la Unión, expidió en 2013 la Ley General de Cultura Física y Deporte, la cual tiene como objeto establecer las bases generales para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales en materia de cultura física y deporte.

A nivel nacional, según el último registro de los datos del Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico del INEGI, en noviembre del 2018 el 41.7% de la población poseía una condición “Activa físicamente” derivada de la práctica del algún deporte, y en los datos reportados por el Anuario Estadístico y Geográfico de Yucatán en 2017, se señala que en nuestra entidad se encuentran afiliados en asociaciones deportivas registradas en el Instituto del Deporte del Estado de Yucatán, un total de 32,281 deportistas en diversas áreas como lo son el Atletismo, Ciclismo, Futbol, Halterofilia, Béisbol, Gimnasia, entre otros.
Históricamente, nuestro Estado ha destacado por su participación en eventos deportivos, en donde los atletas han demostrado gran aptitud y entrega, viendo recompensados sus esfuerzos con las correspondientes preseas, tal y como fue el caso de este año en la Olimpiada Nacional y Nacional Juvenil, en donde en el primero se obtuvieron 70 medallas de oro, 62 de plata y 84 de bronce; mientras que en el segundo regresaron a casa con 35 medallas de oro, 36 de plata y 46 de bronce.

Por tal motivo, es necesario que en Yucatán sigamos actualizando nuestro marco legal, para que éste, se encuentre acorde a las necesidades de los mismos deportistas, pues el impulso, fomento y salvaguarda de su actividad, permiten promover su competitividad y garantizar el bienestar de éstos, así como de la población en general, que se ve beneficiada social y económicamente.

En tal virtud, debemos tener en cuenta que el deporte tiene consecuencias directas en la salud y el estado físico del deportista, que si bien, en su gran mayoría son benéficas, no se puede perder de vista que ante la constante práctica de las disciplinas correspondientes son propensos a sufrir lesiones derivadas de la práctica deportiva, que impactan directamente en sus condiciones de vida y en su rendimiento.

Es preciso señalar que actualmente la Ley General, en su artículo 105, ya prevé la obligatoriedad de la CONADE de proporcionar un seguro de vida y de gastos médicos a los deportistas y entrenadores que conforman el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte, así como los que integren las selecciones y preselecciones nacionales.

De igual forma, 16 estados de la república contemplan en su marco normativo este seguro de vida y de gastos médicos para los entrenadores y deportistas de alto rendimiento, preseleccionados y seleccionados estatales que se encuentran registrados en sus sistemas.

Cabe destacar que en nuestra legislación estatal, al igual que las del resto del país, establece la obligatoriedad de las instituciones y organizaciones de los sectores público y privado de prestar el servicio médico que se requiera durante las prácticas y competiciones oficiales que se promuevan y organicen; también contempla que son las autoridades deportivas quienes promoverán los mecanismos de concentración con las instituciones que integran el sector salud, así como con los organismos deportivos, para procurar una adecuada atención en materia de salud para los deportistas.

Sin embargo, nuestra ley no contempla, dentro de las obligaciones del Instituto del Deporte del Estado de Yucatán, el garantizar este seguro de vida y gastos médicos a los deportistas de alto rendimiento o que tienen a bien representar a la entidad en competencias oficiales. Hay que recordar que los deportistas mencionados corren un mayor riesgo, no solo en el desempeño de su actividad, sino también al momento de su traslado a competencias oficiales en otros estados o países.

La implementación de esta medida sería de gran relevancia, representaría un gran estímulo, que les brindaría mayor tranquilidad al momento desempeñar su labor.

Es por todo lo anterior, y a fin de que nuestra legislación se encuentre en concordancia con la del orden nacional y otros estados del país, que someto a la consideración de esta Honorable Soberanía el siguiente proyecto de:

DECRETO:
ARTÍCULO ÚNICO. – Se adiciona el segundo párrafo del artículo 59 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Yucatán, para quedar como sigue:Artículo 59.
Los deportistas y entrenadores de alto rendimiento, así como talentos deportivos que integren preselecciones y selecciones estatales, deberán contar con un seguro de vida y gastos médicos que proporcionará el Instituto del Deporte del Estado de Yucatán (IDEY). El procedimiento correspondiente quedará establecido en el Reglamento de la presente Ley.
TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO. – El presente decreto entrará en vigor el 01 de enero del 2020.ARTÍCULO SEGUNDO. –El gobernador deberá expedir las modificaciones al Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Yucatán, para adecuarlo a las disposiciones de este decreto, en un plazo de cincuenta días naturales, contados a partir de su entrada en vigor.

Decía Pau Gasol: “No siempre los más altos llegan más arriba, no siempre los más rápidos llegan antes, no siempre los más fuertes son los que ganan la batalla. Pero los que más entrenan, más se esfuerzan y más creen en el equipo son los que más veces conseguirán la victoria.”

Es momento de sentar las bases para que nuestros deportistas tengan certeza y seguridad al momento de representar a nuestro estado.

Su esfuerzo, merece ser recompensado.

Es cuánto.