En beneficio de todos los productores agropecuarios, exhortamos al Poder Ejecutivo para que otorgue el beneficio fiscal de no pagar el impuesto a la emisión de contaminantes: Esteban Abraham Macari

Discurso Dip. Esteban Abraham Macari | Punto de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo a que se otorgue el beneficio fiscal de no pagar el impuesto a la emisión de contaminantes al suelo y subsuelo para los productores que aplican por medio de aspersión productos agroquímicos con alguna de las sustancias contempladas en el artículo 47-AT de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán.

  1. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN.

PRESENTE.

 

  1. Esteban Abraham Macari, Diputado integrante de la Sexagésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Estado de Yucatán, en representación de la Fracción Legislativa del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 22, fracción VII de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán; me permito proponer al Pleno de esta Soberanía un Punto de Acuerdo fundando en las siguientes:

CONSIDERACIONES

Primera.- En sesión de fecha ocho de diciembre del presente año esta Soberanía aprobó las modificaciones a la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán que estarán vigentes durante el ejercicio 2022, entre las que se encuentran las relativas a los sujetos, objeto, tasa y/o tarifa relacionadas con el impuesto a la emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua.

Segunda.- Dicha contribución contempla como sujetos del mismo a las personas físicas que emitan sustancias contaminantes generadas por actividades agropecuarias que se depositen o inyecten en el suelo, subsuelo o al agua en el territorio del estado.

Tercera.- Conozco de primera mano, la gran necesidad que tienen los productores agropecuarios de utilizar productos agroquímicos para fertilizar y  fumigar sus praderas o cosechas debido a las diversas plagas que tenemos en la zona como las moscas, gusanos de diversas variedades, langostas, diferentes tipos de hierba y muchas otras plagas que representan una gran amenaza para la producción agropecuaria y que por tal motivo los productores se ven en la necesidad de tener que recurrir a productos agroquímicos que les ayudan a mitigar los daños que estas plagas pueden ocasionar y mantenerlas alejadas para mantener sus unidades de producción pecuaria en las mejores condiciones posibles, controlando la maleza que invade sus praderas y cosechas

Debido a que las cantidades de agroquímicos utilizadas por los productores agropecuarios son las mínimas indispensables para garantizar la alimentación de sus animales o para no perder sus productos y cosechas de frutas, verduras, cítricos, diversas hortalizas y producción de carne animal que resulta necesaria para mantener la soberanía alimentaria de Yucatán, considero que la posibilidad de grabarlos con esta contribución que tiene fines de inhibición de la contaminación, no aplica para los productores agropecuarios, ya que las cantidades que usan por vía de aspersión son las mínimas consideradas en relación con las grandes empresas.

 

Por tal motivo pongo a consideración de este H. Congreso el siguiente:

 

ACUERDO

Artículo Único.- Se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo a fin que, en el ejercicio fiscal 2022, emita un decreto mediante el cual se otorgue a los  productores agropecuarios, que aplican por medio de aspersión productos agroquimicos  alguna de las sustancias de las contempladas en el artículo 47-AT de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, y que puedan ser sujetos del impuesto a la emisión de contaminantes al suelo y subsuelo, el beneficio fiscal de no pago del mismo.

T r a n s i t o r i o s

Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno del Congreso del Estado de Yucatán.

Segundo.- Notifíquese el presente acuerdo al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Yucatán.