Emite CODHEY Recomendación General
Pide a los 106 Ayuntamientos que niñas y niños no sean expuestos a espectáculos violentos
Pide a los 106 Ayuntamientos que niñas y niños no sean expuestos a espectáculos violentos
Mérida, Yucatán a 15 de agosto de 2016.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán emitió la Recomendación General número 08/2016 dirigida a los cabildos y presidentes de los 106 municipios del estado solicitando modificar sus reglamentos para prohibir que niñas, niños y adolescentes tengan una participación activa y/o pasiva en eventos y espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia.
El Presidente de la CODHEY, José Enrique Goff Ailloud, precisó que los primeros años de las niñas y los niños son la base de su salud física y mental, de su seguridad, formación personal, emocional y de sus aptitudes, por lo que es importante garantizar su desarrollo en un ambiente libre de violencia, fomentando actividades que promuevan una cultura de paz y respeto a los derechos humanos.
El Ombudsman dijo que la preocupación por la violencia a la que son expuestos niñas y niños al permitir que participen y asistan a espectáculos que promuevan o difundan algún tipo de violencia, fue señalada por el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas en su informe de 2015:
“Este Comité manifiesta su preocupación por el bienestar mental y físico de niñas y niños involucrados en entrenamiento para corridas de toros y en actuaciones asociadas a esto, así como el bienestar mental y emocional de los espectadores infantiles que son expuestos a la violencia de las corridas de toros”.
Goff Ailloud dijo que en la entidad hay espectáculos donde la violencia es el principal elemento de distracción para los espectadores, situación que afecta la integridad psicológica de las niñas y niños que asisten, volviéndolos insensibles al dolor ajeno y generando en ellos la idea de que la violencia es el camino para lograr el reconocimiento, en lugar de fomentar la solidaridad, la empatía y el respeto, valores contenidos en la cultura de paz y derechos humanos. Hoy más que nunca necesitamos una sociedad que no le apueste a la violencia.
“Otro claro ejemplo es el denominado “Kots Kaal Pato”, donde animales eran colgados, degollados vivos y golpeados dentro de piñatas hasta su muerte; un espectáculo que no aportaba nada positivo a la infancia”, precisó.
El Ombudsman dejó en claro que no se busca atentar contra fiestas tradicionales de la entidad, pero sí es imprescindible garantizar que las niñas y los niños no presencien espectáculos con violencia y que las autoridades municipales, en cumplimiento de sus obligaciones como garantes de los derechos de la niñez, generen actividades culturales y recreativas que permitan el óptimo desarrollo de la infancia.
“La ONU es muy clara en los señalamientos y nuestra obligación es hacerlos del conocimiento de las autoridades para su aplicación”, indicó.
Asimismo recordó que en los estados de Veracruz, Campeche y Michoacán se reformaron las leyes de protección a la niñez, en el sentido de que los niños no participen ni asistan a actos que promuevan algún tipo de violencia.
Goff Ailloud detalló que en la Recomendación General se pide a los Ayuntamientos, además de prohibir y vigilar la no participación de menores en espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia; se desarrollen programas de juego, esparcimiento, recreación, cultura, artes y deportes, a la par de infraestructura y espacios públicos seguros como medios para contrarrestar los efectos negativos de la violencia.
El Ombudsman informó que la Recomendación General fue notificada a cada uno de los 106 Cabildos y Presidentes Municipales de la entidad y tendrán hasta 30 días, a partir de que fueron notificados, para aportar pruebas de su cumplimiento.
PUNTOS RECOMENDATORIOS
PRIMERA. Con sustento en el interés superior de la niñez, reformar los Reglamentos de Espectáculos y Diversiones Públicas para sus municipios con el objetivo de que se contemple la prohibición de que niñas, niños y adolescentes tengan una participación activa y pasiva en eventos y espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia; como por ejemplo, las corridas de toros y otros espectáculos asociados a éstas, como señala el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, a efecto de que estén homologados con los estándares internacionales, nacionales y estatales de reconocimiento y protección de los derechos de la niñez y adolescencia.
SEGUNDA. Teniendo en cuenta el interés superior de la niñez, girar las instrucciones necesarias para que sus direcciones, departamentos, coordinaciones o áreas competentes realicen de manera eficiente la verificación a todos los espectáculos públicos autorizados, permitidos o concesionados para comprobar que niñas, niños y adolescentes no participen o asistan a espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia; y en su caso apliquen las sanciones correspondientes.
TERCERA. Para lograr una cultura de paz y respeto a los derechos humanos, cada uno de los 106 H. Ayuntamientos del estado deberán trabajar coordinadamente, en términos del artículo 25 fracción III de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Yucatán, con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán para adoptar las medidas administrativas y de educación no formal necesarias e idóneas (programas de juego, esparcimiento, recreación, cultura, artes y deportes, como medios para contrarrestar los efectos negativos de la violencia, para aprender habilidades de comunicación no violenta, y para asegurar el adecuado desarrollo de niñas, niños y adolescentes) que inhiban la participación y asistencia de menores de 18 años de edad a espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia, logrando de esta manera la protección a su integridad personal y sano desarrollo, así como la implementación de programas y/o actividades que promuevan una cultura de paz y respeto a los derechos humanos.
CUARTA. Implementar, a través de sus respectivas áreas, las medidas administrativas y de educación no formal (no escolarizada) necesarias e idóneas para aumentar la conciencia de las personas que tienen bajo su custodia y cuidado a menores de 18 años de edad sobre la violencia física y mental asociada a los espectáculos que promueven o difunden algún tipo de violencia, y el impacto que puede generar en la niñez y adolescencia.