Discurso del diputado Luis Borjas Romero hoy en el Congreso

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Mérida, Yucatán 5 de junio 2019.- El Suscrito diputado Luis Enrique Borjas Romero, integrante de la LXII Legislatura del Congreso del Estado, con fundamento en el artículo 35 fracción I de la Constitución Política; someto a consideración de esta Honorable Asamblea la Propuesta de Decreto que modifica el artículo 74 del Código Penal del Estado de Yucatán, adicionando la fracción X, por lo cual me permito manifestar la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La libertad de expresión es el derecho que se tiene de pensar y compartir con otras personas ideas, reflexiones y opiniones, este derecho incluye la libertad de buscar, recibir y difundirlas por cualquier medio legal. Nadie tiene derecho de prohibir o limitar la libertad de expresión. El 7 de junio se conmemora el Día de la Libertad de Expresión en México y la primera vez que se celebró fue en 1951.

Siendo el periodismo una de las labores más importantes para la sociedad, ya que es la que se encarga de realizar investigaciones, análisis e interpretación de datos para llegar a una noticia.
Sin embargo, “México, es el país en paz más peligroso del mundo para los reporteros.” Así lo afirmó, el informe presentado por Reporteros Sin Fronteras en diciembre de 2017.

A pesar de los recientes números rojos que existen en el ámbito del periodismo en nuestro País, siguen existiendo periodistas que usan su bolígrafo y voz para actuar contra la impunidad, la corrupción y la hipocresía política; con la única finalidad de informar y de exigir un mejor país para todos los ciudadanos.

La concientización sobre las problemáticas sociales y políticas están sacudiendo cabezas y levantando movimientos entre la sociedad más joven de México gracias a esta labor.

No obstante, durante el 2017 en México, once periodistas fueron asesinados, en 2018 llevamos por lo menos 9 y en el 2019 al menos otros 3 de los que se tiene conocimiento.

El mismo informe, también señala que: “La mayoría de estos crímenes permanecen impunes.” Con un porcentaje del 99.2% de las investigaciones federales en el país.

Y, que: “La impunidad se explica por la corrupción generalizada que reina en el país, patente sobre todo a escala local, ámbito en el que los miembros del gobierno a veces están coludidos con los cárteles.”

Además, la organización internacional de derechos humanos por la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información Article 19, documentó que el 42% de las agresiones contra periodistas fueron cometidos por funcionarios públicos.

Esto, no puede pasar en Yucatán, el hasta ahora, Estado más seguro de México. Y si queremos que tal situación permanezca, debemos integrar medidas suficientes a todos los ámbitos en materia de seguridad y uno de los más importantes es el que se relaciona con los medios de comunicación.

Sin embargo, la tarea de prevenir agresiones en contra de quienes ejercen esta profesión resulta difícil, pero no imposible. Por eso, debemos continuar en la vanguardia en medidas de seguridad, reforzando el marco jurídico de actuación y castigando duramente los delitos que se cometan en su contra.

Lo anterior viene relacionado con una serie de agresiones en contra de informadores y corresponsales que han tenido lugar en municipios de la entidad como Mérida, Seyé, Ticul y Umán en el caso más reciente, entre otros que probablemente ocurren en la entidad.

En ese sentido, se cuenta con el precedente dispuesto en el artículo 51, fracciones tercera y cuarta  del Código Penal Federal, que disponen de agravantes en los delitos dolosos cometidos en contra de periodistas.

Por lo que se considera pertinente que de ahora en adelante los delitos del fuero común cometidos en la entidad y en contra de tales profesionales en el ejercicio de tan loable y peligroso servicio, se castiguen de forma ejemplar, proponiendo que las penas previstas puedan incrementarse hasta en el doble de las señaladas en nuestro Código Penal.

En virtud de lo anterior y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 35 fracción I de la Constitución Política del Estado de Yucatán, someto a su consideración la siguiente:

Propuesta de Decreto que modifica el artículo 74 del Código Penal del Estado de Yucatán, adicionando la fracción X.

Artículo Único. Se adiciona la fracción X al artículo 74 del Código Penal del Estado de Yucatán para quedar como sigue:
Artículo 74. …

Fracciones de la I a la IX. …

X.- Cuando se cometa un delito doloso previsto en este código, en contra de algún periodista, persona o instalación con la intención de afectar, limitar, menoscabar el uso del derecho a la información, a la libertad de expresión o a la de imprenta, o en represalia del uso de estos derechos, se aumentará hasta en una mitad la pena establecida para tal delito. 
En el caso anterior, se aumentará la pena hasta en el doble cuando además el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, conforme a lo que establecen las leyes en la materia.

Artículos Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Estado de Yucatán.

Protesto lo necesario en Mérida Yucatán a los 5 días del mes de junio de 2019.