Discurso del Diputado Crescencio Gutiérrez González

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DISCUSIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PUNTOS CONSTITUCIONALES Y GOBERNACIÓN, POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE YUCATÁN, EL CÓDIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN, EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE YUCATÁN, EL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE YUCATÁN, LA LEY DEL CATASTRO DEL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS DEL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DEL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN, LA LEY PARA LA DONACIÓN Y TRASPLANTES DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS EN EL ESTADO DE YUCATÁN Y LA LEY QUE CREA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD JURÍDICA PATRIMONIAL DE YUCATÁN.

El Notariado es una institución que surge de la forma natural de la organización social que consiste en un sistema organizado de personas investidas de fe pública para autorizar o dar fe de hechos y actos que entre ellos pasan y se otorgan. Es una función pública coadyuvante en la administración de justicia en México, toda vez que proporciona seguridad jurídica y patrimonial al prevenir posibles litigios y conflictos entre los habitantes de una comunidad, colaborando con autoridades administrativas y fiscales en el ámbito de sus atribuciones.

La institución del notariado es una de las depositarias de la fe pública del estado, en este sentido el artículo 121 de la Constitución Federal, reconocen la facultad de los estados de dar fe pública de actos que tendrán reconocimiento en otras entidades federativas, así como de regular todas aquellas materias no reservadas a la federación, entre ellas la función notarial.

Es así como el fedatario público representa para la sociedad la garantía de que los sucesos y actos sometidos bajo su conocimiento se otorguen con veracidad, contribuyendo a la edificación de la seguridad jurídica.

En nuestro estado, desde que entró en vigor la Ley del Notariado ha sufrido diversas reformas a la misma, todas con el objetivo de buscar el mayor beneficio de los ciudadanos y brindarles esa certeza y seguridad jurídica. Hoy no es la excepción con la presentada por el ejecutivo, en la cual además de reformar la vigente Ley del Notariado del estado de Yucatán, reforma contenida de diversas disposiciones legales, para una armonización en cuanto a las reformas propuestas. Hoy este pleno tiene a conocimiento el dictamen emanando de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y Gobernación de la cual formo parte, mismo dictamen que se construyó tomando en consideración que la función notarial debe continuar evolucionando a fin de que el notariado proporcione un mejor servicio, capaz de satisfacer las demandas de la sociedad con la mayor calidad, eficacia, eficiencia y celeridad, pero garantizando la certeza jurídica de todos los actos y hechos que pasen ante su fe.

Este dictamen contiene avances importantes en la función notarial. En la Ley de Notariado del estado de Yucatán se encontrarán elementos como la firma y documento electrónicos, los cuales son elementos virtuales que se implementan para la reducción de costos e incrementará la seguridad de los procesos internos, a través del uso de medios electrónicos que permitan agilizar dichos procesos y con esto reducir tiempos.

Un punto toral en este dictamen lo representa la función que tendrá la consejería jurídica, ya que dicha dependencia será la encargada de vigilar la práctica notarial en el estado, en lugar del hoy Consejo de Notarios, esto con la finalidad de evitar algún tipo de conflicto de intereses; de la función o participación de la Consejería Jurídica. En cuanto al tema se observa que será ante la cual los notarios rendirán sus informes, ser la autoridad encargada de conocer del inicio y fin de las prácticas notariales, así como de las ausencias y licencias; de igual forma será la encargada de llevar el registro de las solicitudes para patente de notario, todo lo relativo a la aplicación de los exámenes y verificación de requisitos y ante quien se registre la patente de aspirante.

Así mismo se establece que en caso de alguna falta en el ejercicio de sus funciones sea la Consejería Jurídica quien sea la encargada de recibir las incidencias y llevar el procedimiento de investigación.

Otros aspectos que resaltan en este dictamen es el número de sínodos para presentar el examen para aspirante de notario, que ahora será de 4 cuando anteriormente era de 3, el examen psicométrico a realizar a dichos aspirantes por parte de la Secretaría de Salud del Yucatán y la modificación de lo que hoy es el Consejo de Notarios para pasar a ser el Colegio Notarial de Yucatán que será la agrupación profesional a la cual, todos aquellos a los que en el estado se les ha otorgado la patente de notario público, deban de estar afiliados con el objeto de agruparlos.

De igual manera con esta reforma se pretende que otros ordenamientos jurídicos se armonicen en cuanto a los nuevos temas que se incorporan a la Ley del Notariado del estado de Yucatán, por lo que de todas las leyes que se pretenden reformar, lo más destacable es lo relativo al Código de Familia para el Estado de Yucatán, en el cual se instaura una nueva modalidad testamentaria la cual será de modo virtual, estableciendo que para redactar un testamento público abierto el testador deberá de expresar, presencialmente o a través de medios electrónicos, de viva voz, de modo claro y terminante su voluntad ante el notario en presencia de 2 testigos, manifestando que no existe coacción alguna en su actuar y lo referente a la Ley General de Hacienda del estado de Yucatán, en la cual se establece que el Instituto de Seguridad Jurídica y Patrimonial de Yucatán practique avalúos para efectos del cobro del impuesto cedular y por la enajenación de bienes.

Ante esto estoy convencido que este dictamen contiene temas que serán de gran utilidad para la sociedad yucateca, ya que en caso de aprobarse se estará garantizando a los ciudadanos de una mejor seguridad jurídica en los actos que se practiquen en el ejercicio de la función notarial, además de que abonará a que el servicio que brinden las y los Notarios Públicos sean más agiles y brinden mayor certeza en su actuar. Por lo anterior votaré a favor de este dictamen invitando a los demás integrantes de este pleno a sumarse en el mismo sentido, todo esto para el beneficio de los yucatecos. Es cuánto.