Diputada Milagros Romero presenta iniciativa de adopción para garantizar el Derecho a la Familia

Discurso de la Diputada Milagros Romero Bastarrachea

Mérida; Yucatán 27 de marzo 2019.- La Convención Internacional de los Derechos del Niño da a todo menor el derecho a una familia. El derecho a la familia permite relacionar al niño a una historia de vida y sobre todo le ofrece un perímetro de protección contra la violación de sus derechos. Una familia es una comunidad de personas reunidas por lazos de parentesco que existen en todas las sociedades humanas. Está compuesta de un nombre, un domicilio y crea entre sus miembros una obligación de solidaridad moral y material.

Según la Declaración de los Derechos del Niño, por su falta de madurez física y mental, los niños y niñas necesitan protección y cuidados físicos, económicos, culturas y sociales, incluida su debida protección legal. La necesidad de estas protecciones han sido enunciadas en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y reconocidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño. A fin de posibilitar una infancia feliz, en su propio bien y de la sociedad, se insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos federales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptada progresivamente en conformidad con ciertos principios.

Entre otros convenios y tratados que México tiene pactado a nivel internacional en el tema de adopciones se encuentra la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores firmado en el año de mil novecientos ochenta y cuatro, en la cual se plasma las formas de adopción plena, legitimación adoptiva y otras instituciones afines, que equiparen al adoptado a la condición de hijo cuya filiación esté legalmente establecida, cuando el adoptante (o adoptantes) tenga su domicilio en un Estado Parte y el adoptado su residencia habitual en otro Estado Parte. Otro Convenio internacional que nuestro país ha suscrito es de los Derechos del Niño firmada en el año de 1989.

La adopción de niñas, niños y adolescentes, en un principio está regulada en el ámbito de lo civil, que es competencia de las entidades federativas, según lo establecido en los artículos 73 y 124 constitucionales. Además, algunas entidades han optado por contar con una ley específica en materia de adopciones, para hacer más ágil y efectivo dicho proceso. Yucatán no debe ser la excepción y debemos apostar por actualizar todo este sistema.

En este sentido, la intención fundamental de la presente Iniciativa de Ley es precisamente procurar que todo niño, niña o adolescente que ha sido abandonado, que no tiene una familia o que no cuenta con una persona responsable legalmente de su buen desarrollo, tenga mayores y mejores oportunidades de vivir en un entorno familiar y se sobreponga al estado de indefensión en el que corre riesgo su integridad física y psicológica.

En Yucatán la adopción ya no es un tabú, sino todo lo contrario, pues actualmente el Estado ocupa el cuarto lugar a nivel nacional en integrar a niños a una familia.

Sin embargo, hay una realidad cruda y difícil de ocultar: la de los niños y adolescentes de entre 9 y 17 años que han pasado su vida dentro de un albergue, que no han podido tener padres, sobre todo los menores que sufren alguna discapacidad. Ellos han perdido la esperanza de ser adoptados, a pesar de que la mayoría de está lista ya están preparados  psicológica y emocionalmente para reintegrarse a una familia.

A todo esto se le suma el tardado procedimiento legal que se tiene que cumplir para poder llegar a que el adoptado sea integrado a una familia, ya que la Procuraduría de la Defensa del Menor y Familia realiza todas las actuaciones legales que marca su propia reglamentación y cuando recaban toda la documentación necesaria para probar los hechos, al momento de llegar con el Juez que conocerá del caso, este manda a realizar las mismas actuaciones legales para poder corroborar un trabajo antes ya realizado y con ello hace más tardío el proceso.

Por otro lado, en los albergues del Estado existe una cantidad aproximadamente de casi doscientos niños, niñas y adolescentes que tiene registro la PRODEMEFA,  y que por razón de su edad como mencione anteriormente se les complica ser adoptados, si tomamos en cuenta que por cuestiones de crecimiento es complicado, es aún más complicado cuando tienen alguna capacidad diferente, entonces hagamos algo para marcar la diferencia y seguir el ejemplo de muchos ciudadanos que han demostrado el amor incondicional que tienen a estos seres. Nuestra labor como Legisladores es proporcionar los mecanismos necesarios para agilizar todo procedimiento en materia de adopción y garantizar el Derecho a la Familia.

Un claro ejemplo que hace falta hacer algo en nuestro Estado, es del año pasado, el cual es que solamente 12 menores fueron integrados a una familia, lo que significa uno por mes, según  datos recabados de la propia PRODEMEFA, existen hoy en día más de cuatrocientas solicitudes de matrimonios o personas solteras que tienen la intención de adoptar, pero el largo proceso y la falta de coordinación entre las autoridades, dan como resultado muchos años de espera en los que el menor puede ya gozar de una familia plena y un desarrollo humano totalmente garantizado que la propia figura de adopción proporciona.

En lo que va del primer trimestre del año se tiene el dato que ya suman trece infantes que en poco tiempo comenzarán a gozar de su derecho a la familia, pero aún falta mucho por hacer; somos una legislatura que está haciendo historia en muchos aspectos, ¿Por qué no hacer historia en este tema?, un tema tan noble que necesita de nuestro apoyo.

La presente iniciativa de ley es precisamente una medida legislativa que tiene como objeto esencial garantizar ese interés en materia de adopción, partiendo de la responsabilidad que tenemos como legisladores para verificar que se proporcionen los medios básicos de subsistencia y los cuidados necesarios para el desarrollo integral infantil en un contexto familiar.