CON EL PERMISO DE LA MESA DIRECTIVA,
COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS DIPUTADOS,
AMIGOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN,
RESPETABLE PÚBLICO.
MUY BUENOS DÍAS.
El día de hoy hago uso de la voz para presentar una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Yucatán en Materia de atribuciones Municipales.
La protección y salvaguarda de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en Yucatán es un tema fundamental para nosotros como legisladores, pues estamos llamados a garantizar la creación de leyes y mecanismos que reconozcan y protejan el desarrollo y formación de las nuevas generaciones.
A nivel internacional se disponen de diversos tratados que establecen los principios para que las y los menores de edad puedan tener una infancia feliz y gozar de sus derechos y libertades; enfatizando en la obligación de los gobiernos de los países por garantizar su respeto, cuidado y protección.
En México, en el 2011 se publicaron reformas constitucionales en favor de la defensa de los derechos humanos en cuanto al interés superior de la niñez en la legislación nacional; por lo que en el año 2014 se expidió la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la cual entre sus objetivos se encuentran:
- Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte, así como;
- Establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en materia de derechos de la infancia, así como las facultades, competencias, concurrencias y bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios; la actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos.
En nuestro Estado en 2015 se publicó la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Yucatán, estableciendo la competencia de las autoridades locales en los términos de la Ley General.
Dentro de la ley mencionada se contempla en el artículo 27 las competencias de las autoridades municipales que deberán dar cumplimiento a las atribuciones establecidas en el artículo 119 de la ley general, de las cuales destacan las siguientes:
- Ser enlace entre la administración pública municipal y niñas, niños y adolescentes que deseen manifestar inquietudes;
- Recibir quejas y denuncias por violaciones a los derechos, así como canalizarlas de forma inmediata a la Procuraduría Local de Protección que corresponda (en este caso la PRODEMEFA), sin perjuicio que ésta pueda recibirla directamente;
- Auxiliar a la Procuraduría Local de Protección competente en las medidas urgentes de protección que ésta determine, y coordinar las acciones que correspondan en el ámbito de sus atribuciones;
En el mismo sentido, el artículo 11 de la Ley del Estado de Yucatán, en lo referente a los sistemas municipales, establece que los ayuntamientos deberán establecer consejos municipales de protección integral de los derechos de la infancia; de igual forma, los ayuntamientos deberán contar con unidades administrativas especializadas de primer contacto con niñas, niños y adolescentes, los cuales coordinarán a los servidores públicos municipales en la operación, verificación y supervisión de las funciones y servicios que les corresponden, así como detectar casos de violación a los derechos de los menores de edad, a efecto de que se de vista a la Procuraduría de Protección de la Defensa del Menor y la Familia de forma inmediata,
Sin embargo, el artículo previamente mencionado no especifica los requerimientos para la designación de su titular, el personal necesario o los procedimientos que debe seguir para su correcta operación.
De tal forma que la presente iniciativa propone establecer los criterios en cuanto a la designación del titular de la unidad administrativa especializada de primer contacto con niñas, niños y adolescentes; así como en su conformación: brindando la facilidad de emplear profesionales de otras áreas administrativas del municipio; de igual forma sus atribuciones y los procedimientos que debe seguir cuando reciba una queja o denuncia por violación de derechos de los menores establecidos en la ley.
Compañeras y compañeros,
Esta iniciativa establece los lineamientos y operación de las unidades administrativas especializadas de primer contacto con niñas, niños y adolescentes de los municipios.
Con esta acción, los ayuntamientos podrán dar cabal cumplimiento a las leyes, siempre en favor de la protección y defensa de los menores que son el presente y el futuro de Yucatán.
Hago entrega en forma impresa y digital de la iniciativa.
Es cuánto.