Dip. Manuela Cocom Bolio, presenta iniciativa para declarar la Lengua Maya como Patrimonio Cultural Intangible para el Estado de Yucatán.

Discurso de la Diputada Manuela de Jesús Cocom Bolio

H. Congreso del Estado de Yucatán:

Diputada Manuela de Jesús Cocom Bolio, con fundamento en la fracción I del artículo 35 de la Constitución Política; artículo 16 y fracción VI del artículo 22 de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo, así como los artículos 68 y 69 del Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo, todos del Estado de Yucatán, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se Declara la Lengua Maya o Maayat’aan Patrimonio Cultural Intangible para el Estado de Yucatán, con base a la siguiente,

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El conjunto de bienes pertenecientes a una persona física o moral o afectos a un fin, susceptibles de alguna estimación, se define de manera general como Patrimonio.[1] No obstante, es factible afirmar que existen elementos y factores de especial importancia, que no tienen materialidad factual, pero sí generan un impacto y trascendencia en la cultura o en alguna colectividad social indeterminada.

Nuestro país es miembro activo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura, por sus siglas UNESCO, la que nos establece los lineamientos de los bienes que son importantes preservar para las generaciones futuras. Pueden tratarse de objetos que poseer o edificios que explorar, de canciones que cantar o relatos que narrar. Cualquiera que sea la forma que adopten, estas manifestaciones humanas son parte de un patrimonio y éste exige activamente su salvaguarda para fomentarlas a lo largo de la vida y comunión de una identidad, la cual en gran manera permite un enraizamiento social de nuestra gente.

De igual manera, su importancia puede observarse bajo una perspectiva de su valor o potencial psico-emocional, pues su permanencia dentro de un constructo social, a criterio nuestro, también provoca una cierta emoción o hacen sentir que se pertenece a algo, un país, una tradición o un modo de vida; tales aseveraciones se encuentran de acuerdo a los objetivos internacionales que prevén acciones públicas para garantizar a las generaciones venideras que puedan disfrutar de condiciones de pertenencia, con costumbres, tradiciones y una lengua que guarde identidad con sus raíces históricas.[2]

Yucatán, es el área de asentamiento y constructo sociocultural en el que coexisten y conviven grupos sociales y el pueblo maya, los cuales en ciertos espacios se encuentran y propician la generación de vínculos de intercambio y cooperación.

En nuestro Estado, según el Censo de Población del Instituto Nacional de Estadística y Geográfica hasta el año 2020, existen poco más de 520,580 personas que hablan la lengua maya. Aunado a ello, según datos del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, el mayor porcentaje de hablantes de esta lengua se encuentra en el oriente del Estado, específicamente, en municipios como Valladolid, Tizimín y otros cercanos; en la parte sur se puede mencionar los municipios de Ticul, Tekax y Peto con más mayahablantes; sin embargo, existen en todo el territorio estatal.

Debido al uso de esta lengua e influencia es muy común identificarlos en los patronímicos o apellidos, o en los topónimos o nombres de nuestros municipios. Esto ha permitido que nuestra lengua materna se mantenga vigorosa y siempre presente en las comunidades de nuestro Estado, salvaguardada celosamente por sus habitantes, cuando un maya yucateco sale de su comunidad por cualquier razón lleva consigo su idioma porque es inherente a ella por lo que obliga al Estado a generar mecanismos institucionales para poder garantizar el uso de su lengua materna.

La lengua maya ha sido objeto de estudios a nivel internacional, lo que denota la importancia que tiene para la humanidad y la comunidad científica por las aportaciones en todos los ámbitos. En este contexto, cabe señalar que los grandes conocimientos que permitieron el desarrollo de la cultura maya fueron transmitidos vía oral a través del tiempo.

En nuestro Estado, la lengua maya se encuentra plasmado en el libro sagrado de nuestros antepasados, el Chilam Balam; de manera oral en los cuentos de nuestros abuelos o padres y en nuestros tiempos en una plática cotidiana, en un poema o más aun en una canción donde se manifiesta el orgullo que sentimos por ella.

En la concepción del antropólogo Miguel Güemes Pineda, las formas tradicionales de trabajo, la organización social y política, los cargos religiosos, las fiestas tradicionales y los ritos de identificación comunitaria, son elementos importantes para preservar una lengua y una cultura.

A través de ella no solo nos comunicamos, si no también se vuelve la herramienta mediante la cual definimos nuestra identidad ante el mundo, contamos nuestra historia y transmitimos los conocimientos de generación en generación.

En consecuencia, es importante destacar que, de acuerdo con la Declaración Universal de las Naciones Unidas, los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas y atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas, así como a mantenerlos.

Además, los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales y las manifestaciones de su ciencia, tecnología y cultura, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales y expresiones culturales.

En ese contexto, el patrimonio cultural ya no se limita a monumentos y colecciones de objetos, sino que además comprende tradiciones o expresiones vivas, heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a las generaciones descendientes, como tradiciones, artes del espectáculo, usos sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativas a la naturaleza y el universo tal como lo señala la UNESCO.[3]

Nuestro Estado, es poseedor de una vasta riqueza cultural, por lo cual existen muchos elementos susceptibles de ser protegidos ante los cambios de la modernidad y el avance de nuevas culturas y costumbres, sin embargo, de todas ellas, existe una que ha permanecido en el transcurso de los años y que tiene una particularidad, que la hace aún una lengua viva, sin duda, hablamos de la lengua maya.

No menos importante es que la UNESCO, a finales del siglo pasado aprobó conmemorar cada 21 de febrero, como el día de la lengua materna[4], con la finalidad de que los países que integran al citado organismo internacional, tengan presente el gran esfuerzo internacional en la materia, pues se considera impostergable conmemorarlo de cara a los mecanismos regionales e internacionales para preservar  la lengua de los pueblos originarios.

También cabe destacar que el 18 de diciembre del año 2019, en su 50ª Sesión Plenaria, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas (2022-2032).

La presente iniciativa, guarda íntima relación con el impulso global del año  2016 cuando la Organización de las Naciones Unidas, a través del su asamblea general y en consenso de los países integrantes, resolvió declarar al 2019 como el Año Internacional de las Lenguas Indígenas[5] como una medida para concientizar a la comunidad mundial en la importancia para preservarlas, fomentarlas y revitalizarlas esto ante la pérdida de lenguas originarias en el mundo; de ahí que cualquier esfuerzo estatal que las proteja, fomente y desarrolle debe ser considerado como positivo en la lucha por su conservación.

Ahora bien, como parte de ese actuar conjunto a nivel global, la anterior legislatura local acordó por unanimidad declarar al año 2019, como el “Año de la Lengua Maya en el Estado de Yucatán”, precisamente para darle realce a los esfuerzos públicos por fortalecer la cultura maya en la entidad, y con ello concientizar a la sociedad en general de la gran valía de nuestra lengua materna.

No perdamos de vista, que la cultura, así como acrecentar su dimensión, forma parte de todo un sistema constitucional, el cual obliga y otorga derechos al Estado Mexicano para garantizarlos, de ahí que cuando hablamos de la lengua maya, la cual es parte de nuestro idioma nacional, también merece un desarrollo cultural en términos de lo expresado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis del rubro “DERECHO A LA CULTURA. EL ESTADO MEXICANO DEBE GARANTIZAR Y PROMOVER SU LIBRE EMISIÓN, RECEPCIÓN Y CIRCULACIÓN EN SUS ASPECTOS INDIVIDUAL Y COLECTIVO”[6].

De acuerdo con dicho estudio judicial, se llega a la conclusión de que dentro de los artículos 3o., 7o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos guardan relación con los derechos sustantivos de carácter internacional, adoptados por el Estado Mexicano, el cual, en relación con los artículos primero, segundo y cuarto constitucional, deriva que el derecho a la cultura se incluye dentro del marco de los derechos fundamentales.

Es importante destacar, que en el año 2014 el Instituto Nacional de las Lenguas Indígenas publicó las normas para la escritura de la lengua maya o Maayat’aan o maya peninsular que consta de 45 grafías, que se dividen entre 19 consonantes básicas, 5 consonantes modificadas, 5 vocales básicas, 20 vocales modificadas, un signo que funciona como glotalizador o apostrofo (‘).

En tal tesitura, este Congreso local, como parte del Estado Mexicano se encuentra obligado a promover y fomentar, a través de la emisión de actos culturales, como el que se pretende, que éstos alcancen tanto a nivel individual como colectivo a los valores intrínsecos de la lengua materna para que su resultado sea proteger la identidad de todo un pueblo que es reconocido a nivel nacional e internacional por sus grandes aportes a la evolución del ser humano, y sus grandes avances y aportaciones a la ciencia del mundo.

Como se aprecia, la complejidad de la lengua maya y su belleza, son parte de los elementos que le hace ser centro de estudio local, nacional e internacional, su análisis guarda estrecha relación a las creencias del pueblo maya, pues como se ha dicho líneas anteriores, el Chilam Balam, al ser considerado el libro de la comunidad, enseñaron al mundo entero cómo la cosmogonía maya consideró la creación del mundo a través de un cuento.

Declarar a la Lengua Maya peninsular, el maya yucateco o maayat’aan como un Patrimonio cultural Intangible para el Estado de Yucatán, es un acto jurídico que retribuye la maravilla de nuestra tierra, de nuestra gente, de la comunicación y el canal apropiado para llamar la atención de todas aquellas acciones públicas en todos los niveles gubernamentales para protegerla, cuidarla, enseñarla y fomentarla.

Valga la presente iniciativa para dejar como antecedente legislativo la importancia de la lengua maya como un pasaje al redescubrimiento de la grandeza del pueblo de Yucatán, de su gente, de su historia y evolución.

Con la presente iniciativa, los integrantes de esta LXIII Legislatura del Estado de Yucatán cumplimos una cuenta pendiente con los yucatecos, que es, el dotar de un instrumento para revitalizar, fortalecer y desarrollar nuestra lengua maya, y establecer las bases para la conservación y defensa de una parte del patrimonio cultural de nuestro Estado.

En virtud de lo anterior y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 35, fracción I de la Constitución Política del Estado de Yucatán, someto a la consideración de esta Soberanía, la siguiente iniciativa de:

Decreto por el que se declara a la lengua maya o Maayat’aan, como Patrimonio Cultural Intangible para el Estado de Yucatán.

Artículo 1.- Se declara la lengua maya peninsular o maya yucateco, como “Patrimonio Cultural Intangible para el Estado de Yucatán”.

Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se considera lengua maya todas las expresiones voces o fonéticas, escrituras, signos, grafía, rasgos lingüísticos y cualquiera otra manifestación simbólica u ortográfica proveniente y perteneciente al pueblo maya y su cultura que provean de identidad en el habla a los habitantes del Estado de Yucatán.

Artículo 3.- El Poder Ejecutivo del Estado, a través de las Secretarías Educación, de Fomento Económico y Trabajo, Fomento Turístico, de la Secretaria de la Cultura y las Artes, el Instituto para el Desarrollo de la Cultura maya y los Ayuntamientos deberán realizar las acciones necesarias para preservar, difundir y promover la lengua maya a nivel municipal, estatal, regional, nacional e internacional, en el ámbito de sus competencias.

Artículo 4.- El Poder Ejecutivo del Estado, para los efectos del artículo anterior, elaborará, por conducto de la Secretaría Educación, el compendio relativo a la lengua maya, documento que deberá contener todo lo relativo a su alfabeto, escritura, voces, fonéticas, símbolos, grafías, rasgos lingüísticos y todo aquello relacionado a la lengua maya.

 

 

T r a n s i t o r i o s:

Entrada en vigor

Artículo primero. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.

Elaboración del Compendio de la Lengua Maya de Yucatán

Artículo segundo. El Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Educación y con la participación de los ayuntamientos y los sectores social, privado y académico, deberá elaborar, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, el Compendio de la Lengua Maya de Yucatán.

Elaboración de anteproyectos de presupuesto anual

Artículo tercero. Las Secretarías de Educación, de Fomento Económico y Trabajo, Fomento Turístico y de la Cultura y las Artes, deberán incluir en sus anteproyectos de presupuesto anual recursos para cumplir con las disposiciones de este Decreto.


[1]Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española. 23ª Edición, 2014.
[2]Declaración sobre las Responsabilidades de las Generaciones Actuales para con las Generaciones Futuras adoptada el 12 de noviembre de 1997 por la Conferencia General de la UNESCO en su 29ª reunión.
[3]Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial adoptada por la UNESCO, en su 32ª reunión, celebrada en París del veintinueve de septiembre al diecisiete de octubre de 2003.
[6] Época: Décima Época Registro: 2001622 Instancia: Primera Sala Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro XII, Septiembre de 2012, Tomo 1 Materia(s): Constitucional Tesis: 1a. CCVI/2012 (10a.) Página: 500