Cero tolerancia a la corrupción y fin a la impunidad: Silvia López Escoffié
Discurso Dip. Silvia López Escoffié
Discurso Dip. Silvia López Escoffié
La corrupción afecta los resultados económicos, debilita las instituciones democráticas y el Estado de derecho, perturba el orden social y destruye la confianza pública, permitiendo de esta forma que prospere la delincuencia. La corrupción es un problema grave que va en aumento y Yucatán no se encuentra exento de esta situación.
Para la fracción legislativa de Movimiento Ciudadano, el combate a la corrupción es un tema fundamental, sabemos que nuestra única esperanza de eliminar este obstáculo es mediante la aplicación efectiva del principio del Estado de derecho; por lo que el pasado 16 de enero del 2019, presentamos ante este honorable Congreso la iniciativa que modifica la Constitución Política del Estado de Yucatán, en materia de inhabilitación de los servidores públicos por faltas administrativas y hechos de corrupción, la cual ya fue aprobada y posteriormente publicada en el Diario Oficial del Estado el pasado 13 de marzo de 2020.
Hoy presentamos las modificaciones a las leyes secundarias para hacer una realidad la “Muerte Civil para los Corruptos” que, no es otra cosa que la inhabilitación para trabajar en el gobierno a todo aquel funcionario o servidor público que participe en un acto de corrupción, para que no vuelva a ocupar un cargo público.
Proponemos modificar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal, todos del Estado de Yucatán, porque entendemos que la corrupción es un problema de tal magnitud que requiere no sólo de voluntad política, sino de acciones concretas.
Debemos evitar que quienes sólo buscan un interés personal, ya sean gobernantes, funcionarios o particulares, sigan cerca del gobierno, aprovechándose de sus cargos o influencias afectando los intereses de los yucatecos.
Es por eso que, con la finalidad de enriquecer el marco jurídico en materia de combate a la corrupción y a la impunidad, consideramos oportuno ampliar los mecanismos y adoptar medidas preventivas, de combate y de sanción a una serie de actos de corrupción en los ámbitos público y privado, evitando el soborno a políticos, el enriquecimiento ilícito, el abuso de autoridad, intimidación o cualquiera de los delitos por hechos de corrupción que establece el Código Penal de nuestro Estado.
Por lo anterior expuesto, presentamos esta iniciativa, la cual modifica el artículo 8 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, para que aquel funcionario que haya recibido resolución condenatoria, ya no solo se le destituya sino también se le inhabilite para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Así mismo, se reforman los artículos, 77, 79, 83, 87 y 90 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán, con la finalidad de que, en los casos de faltas administrativas graves, se les sancione a los servidores públicos con la inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas en un futuro. Tratándose de personas morales que se hayan visto involucradas en actos de corrupción, se le sancionará con la inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
De igual modo, proponemos la modificación de los artículos 28, 49, 248, 250, 252, 255, 258, 258 Bis, 260, 262, 262 Ter, 264, 266, 267, 278, 327 y 343 todos del Código Penal del Estado de Yucatán, para que las sanciones de los delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos como son:
el ejercicio ilícito del servicio público, el uso ilícito de atribuciones y facultades, Concusión (cuando un funcionario público en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución, o también al cobrar más de lo que le corresponde por las funciones que realiza), intimidación, entre otros; contemplen la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos en un futuro.
La presente iniciativa pretende establecer la figura de la inhabilitación por actos de corrupción, la cual garantizaría que cualquier servidor público que sea sancionado por estos hechos no pueda volver a desempeñarse como servidor público en cualquier empleo o comisión de la administración pública. Al mismo tiempo establece que los particulares que sean sancionados por los mismos hechos no puedan participar en posteriores procesos de adquisiciones de la administración pública.
Se trata de una reforma complementaria a las acciones que se han tomado en torno al combate a la corrupción. Con esta iniciativa se busca potenciar la fuerza del estado a través de un marco jurídico oportuno y adecuado.
“Cero tolerancia a la corrupción y fin a la impunidad”