VIDEO: Iniciativas de Voluntades Anticipadas y Cuidados Paliativos: JCG

Eutanasia y voluntad anticipada, no son lo mismo.

Una semana de arduo trabajo se llevó a cabo esta semana en el Congreso local, por parte de la Comisión de Permanente de Salud y Seguridad Social, que preside el diputado Dr. Manuel Díaz Suárez (PAN), tras recibir las iniciativas presentadas por el diputado David Abelardo Barrera Zavala (PRD) y el diputado Josué David Camargo Gamboa (PAN).

Por lo que este medio entrevisto al diputado Camargo, para conocer a fondo la iniciativa que presento en días pasado a nombre de la fracción parlamentaria del PAN, y así poder responder a las inquietudes de la sociedad con respecto a las voluntades anticipadas y aclarar la confusión y comparación que existe entre la Eutanasia y la iniciativa presentada.

Te presentamos un breve extracto de la entrevista realizada al diputado, Josué Camargo y el video completo del mismo:

“Hoy recibimos en la comisión de salud, las dos iniciativas de voluntades anticipadas y la de cuidados paliativos, la cual fue recibida para distribuir a los 25 diputados de esta legislación para que empiece el análisis correspondiente y que cada uno pudiera hacer sus observaciones o aportaciones para poder enriquecerla”

Camargo Gamboa, señalo, ¡esto es un gran paso!, para poder tener un instrumento legal para que le pueda dar al ciudadano la tranquilidad anticipada de cómo quiere pasar sus últimos días, a través de un documento legal, en caso de que se le llegara a determinar una etapa terminal o por accidente.

El PAN tiene un cuerpo doctrinario.

Con respecto a la confusión y comparación que existe entre la eutanasia y la voluntad anticipada el diputado aclaro, definitivamente nosotros nos hemos dado cuenta y estamos haciendo una campaña en las redes sociales, para darles toda la información necesaria para evitar las confusiones que tiene la sociedad con respecto a estos temas.

“Como todos saben el PAN tiene un cuerpo doctrinario, el PAN establece en su doctrina, específicamente en el humanismo bioético, creemos en la vida desde la concepción hasta la muerte natural, también está plasmado en los principios de la doctrina, que nadie es dueño de la vida y la muerte.”

Voluntad Anticipada solo aplica bajo dos situaciones.

La iniciativa que presente no contraviene para nada ninguno de los principios, la ley de voluntad anticipada lo que determina es:

Primero: Es que es opcional, cada persona decide si la suscribe o no, y solo aplica a quien la haya suscrito, solo si se manifiesta ante la fe pública, ante un notario, solo así puede aplicarse la voluntad anticipada.

Segundo: Si es en etapa terminal, que esto está bien definido medicamente, etapa terminal es cuando no se tiene una garantía de vida de más de seis meses, porque los tratamientos, el diagnóstico del cuadro que se presenta no da muestra de mejoría en el ciudadano y que el tiempo de vida es menor de seis meses, por lo que de esta segunda forma se puede aplicar la voluntad anticipada.

Solo si se cumple estas dos opciones es cuando se aplica la voluntad anticipada, primero que el ciudadano lo desea y segundo cuando esta dictaminado en etapa terminal, dijo

 

No dejes de ver el Video completo de la entrevista, deja tus opiniones o sugerencias.